2018 | Europa Legal ©

Asesoría especializada

en extranjería

Idiomabandera idioma españabandera idioma portugués

Europa Legal Asesoría de Extranjería

Idioma bandera idioma españa bandera idioma portugues

Archivo anual 2018

PorMicheli Rabelo

Se incrementa el precio del examen DELE A2 para extranjeros

Los extranejros que quieran obtener la nacionalidad española ahora les costará más.

Desde hace unos días el Instituto Cervantes, organismo encargado de realizar los exámenes de español (DELE) para optar a la nacionalidad española, ha abierto las matrículas para las convocatorias del año 2019, para los niveles DELE A2 o superior. El precio de la matrícula ha subido de 124€ a 130€.

El DELE es un diploma oficial que acredita el grado de dominio del idioma español, es otorgado por el Instituto Cervantes, en nombre del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte de España.

Los diplomas de español se dividen en seis niveles: A1, A2, B1, B2, C1, C2. Como en la mayoría de exámenes que miden el nivel de conocimiento de una lengua, en este caso A1 y a2 corresponden al nivel principiante. B1 y B2 corresponden al nivel intermedio y C1 y C2 corresponde a nivel avanzado.

Los exámenes DELE están diseñados siguiendo las directrices del Marco común europeo de referencia (MCER) y el Manual para relacionar exámenes al MCER, ambas obras del Consejo de Europa.

Estos exámenes son muy importantes para los extranjeros que no vienen de países de habla hispana y quieran solicitar la nacionalidad española por residencia, además será necesario rendir la prueba CCSE, que mide el conocimiento de la vida sociocultural de España y su Constitución. Si quieres saber más sobre esta prueba te invitamos a que leas nuestro artículo: Nuevo manual para la prueba CCSE en 2019 – Nacionalidad Española.
En España, los diplomas DELE son reconocidos por instituciones y organismos nacionales, autonómicos y locales, es el caso del Ministerio de Justicia de España que reconoce el DELE A2 o superior para el requisito de conocimiento de español en procesos de solicitud de nacionalidad española para personas de países o territorios no hispanohablantes.
Como te comentamos más arriba el Instituto Cervantes ya inició las convocatorias para poder matricularse y rendir el examen DELE para el 2019, por tanto si eres extranjero y quieres obtener la nacionalidad española, es necesario que rindas este examen. Para conocer las fechas y cómo son estos exámenes, puedes visitar la web del Instituto Cervantes o hacer clic directamente aquí.

Cosas importantes a saber sobre el DELE

  • Una vez inscrito, deberás pagar la tasa de la matrícula, que este año está fijada en 130€ para los exámenes DELE A2 o superior.
  • Una vez te has inscrito para rendir el examen y el lugar, podrás cambiar la fecha y lugar, siempre y cuando las inscripciones sigan abiertas al momento de solicitar la modificación.
  • Si no te presentas a rendir el examen en la fecha convenida y lugar, no podrás solicitar la devolución del importe de la inscripción.

Si estás pensando solicitar la nacionalidad española por residencia y tienes dudas sobre el DELE, puedes contactarnos a Europa Legal, donde uno de nuestros expertos en temas de extranjería te ayudará a resolver estas dudas.
¿Para el examen DELE A2 o superior qué personas pueden estar libres de no hacerlo?

  • Extranjeros que tengan nacionalidad de países donde se habla la lengua española.
  • Menores de 18 años
  • Si el Ministerio de Justica lo aprueba, podrán estar libres de realizar este examen, las personas que no sepan leer ni escribir, las personas que tengan problemas de aprendizaje y finalmente se podrán eximir las personas que hayan realizado algún curso de Educación Secundaria en España.

¿Cómo puedes inscribirte al DELE?
Las inscripciones para realizar el DELE examen de conocimientos del idioma español, se pueden realizar por Internet, en el caso de que residas en España y si no en cualquiera de los centros de exámenes que el Instituto Cervantes tiene en más de 100 países.
En este enlace puedes acceder directamente al buscador por país, ciudad, etc.
Recuerda que las inscripciones para rendir el DELE 2019 ya están abiertas, recuerda no esperar hasta último momento porque puede que no tengan cupo para las fechas que tú necesitas.
Para cualquier duda sobre nacionalidad española o para venir a vivir a España, contáctanos directamente, somos abogados con años de experiencia en temas de extranjería.

Formulario de contacto

Puedes contactarnos a través del siguiente formulario.

PorMicheli Rabelo

Nuevo manual para la prueba CCSE en 2019 – Nacionalidad Española

Hace unos pocos días el Instituto Cervantes publicó el manual CCSE para el año 2019, por ello en Europa Legal, te contamos en este artículo las novedades que trae el manual CCSE 2019.

Si aún no sabes qué es la prueba CCSE, debes saber que es un examen que permite evaluar los conocimientos que se tienen sobre la España, como por ejemplo su Constitución y la realidad social y cultural española.

La prueba CCSE se ha elaborado para aquellas personas extranjeras que quieran obtener la nacionalidad española. El Instituto Cervantes admite solicitudes de todas aquellas personas que abonen los derechos de inscripción, sin importar su origen o nacionalidad.

Las pruebas están dirigidas a personas alfabetizadas

¿Quiénes están exentos de realizar la prueba CCSE?

  • Menores de edad y las personas con la capacidad modificada judicialmente.
  • Podrán estar dispensadas las personas que no sepan leer ni escribir, las personas con dificultades en el aprendizaje y las personas que hayan estudiado en España y hayan superado la educación secundaria obligatoria.
  • Los solicitantes a la nacionalidad española de más de 70 años también pueden solicitar la dispensa de las pruebas CCSE, dadas las dificultades de aprendizaje inherentes a la edad.

El Instituto Cervantes, encargado de realizar esta prueba, ha publicado el manual actualizado y que según han informado, empezará a utilizarse a partir de la convocatoria de enero del 2019. Debes saber que este manual se puede descargar de forma gratuita.

Entre las novedades para el próximo año, te contamos que tiene 75 nuevas preguntas, respecto al 2018, de un total de 300 preguntas.

Si haces clic en este enlace, encontrarás todo el material necesario para preparar la prueba CCSE, como por ejemplo: las especificaciones, glosario, modelos de la prueba y muchos más recursos que pueden serte útil para poder realizar esta prueba con éxito.

Las siglas CCSE hacen referencia a: Conocimientos constitucionales y socioculturales de España

¿Cómo es la prueba CCSE?

Para que tengas una idea un poco más clara de este examen debes saber que tiene una duración de 45 minutos, y está formada por cinco tareas con 25 preguntas de selección.

Está organizada en dos grandes temas:

  1. Gobierno, legislación y participación ciudadana en España (60% de las preguntas).

  2. Cultura, historia y sociedad españolas (40% de las preguntas).

Si deseas inscribirte para el 2019, las inscripciones están abiertas en todos los países desde el 10 de septiembre de este año.

La prueba de conocimientos constitucionales y socioculturales de España CCSE se realiza en doble convocatoria el último jueves de cada mes, a las 18.00 h. y a las 20.00 h. (hora local del centro de examen).

Si tienes dudas de si debes o no realizar este examen para obtener la nacionalidad española, te invitamos a que nos contactes, y resolveremos tus dudas a la brevedad posible, en, somos abogados expertos en temas de extranjería.

Formulario de contacto

Puedes contactarnos a través del siguiente formulario.

PorMicheli Rabelo

La Unión Europea controlará mejor la salida y entrada de dinero

Nuevos cambios en los controles de divisas en fronteras europeas

Hace un par de días el Diario Oficial de la Unión Europea publicó documentos relacionados con el nuevo reglamento que busca controlar el blanqueo de capitales, es decir, controlar mejor el dinero que circula en el espacio comunitario. También el objetivo es prevenir la financiación del terrorismo.

Gracias a un acuerdo alcanzado en junio en el parlamento europeo, este nuevo reglamento mejorará el control en relación a la entrada y salida de divisas entre los países miembros de la Comunidad Europea.

¿Cuáles son los principales cambios de esta nueva normativa que empezará a ser aplicada en todos los países que son miembros?

Pues en la práctica, la definición de efectivo se amplia, esto quiere decir que efectivo ya no solo significa billetes y/o monedas, sino que también dentro de este término se incluirán otras materias primas, o formas de liquidez, como por ejemplo los cheques, tarjetas de prepago, incluso el oro.

Por otra parte, en el artículo 3, señalan que será obligatorio declarar a las autoridades competentes del Estado miembro, el efectivo o dinero, cuando la cantidad sea un importe igual o superior a 10.000 euros. Esto será obligatorio tanto como para salir como para entrar en un país de la Comunidad Europea.

La declaración de las divisas es obligatoria, tanto como si lo lleva la persona consigo o en su equipaje o medio de transporte. En caso de que el efectivo se envíe por otros medios, las autoridades aduaneras o correspondientes estarán facultadas para pedir a la persona que envía el dinero la declaración e información relacionada a su origen y destinación.

Toda la información podrá ser compartida entre los países miembros, si existen indicios de que el dinero o efectivo está vinculado a algún tipo de actividad delictiva.

Las personas que lleven efectivo consigo o en su equipaje que sea igual o más de 10.000€ deberán declarar la cantidad exacta, además del nombre y apellidos, deberán decir su lugar y fecha de nacimiento y número de documento de identificación.

En caso de que se disponga de los datos del destinatario del efectivo, en caso de que sea una persona física, se deberá detallar la siguiente información: Nombre y apellidos, datos de contacto (dirección), lugar y fecha de nacimiento, nacionalidad y número de documento de identificación, en caso de ser una persona jurídica, se deberá declarar el nombre completo, datos de contacto, número de inscripción registral y número de identificación a efectos del IVA.

Debes saber que se exigirá la naturaleza y el importe o valor del efectivo, su procedencia y el uso que se le va dar al efectivo.

Si estás pensando viajar y necesitas mover tu efectivo (10.000€ o más) de un país a otro, es recomendable que te asesores antes de realizar el viaje y ver si es necesario el que realices una declaración formal y cómo hacerla correctamente para que no tengas problemas en aduanas.

En Europa Legal, somos abogados expertos en temas de extranjería y si tienes dudas sobre este u otros temas relacionados, puedes contactarnos rellenando el formulario que verás más abajo. Intentaremos contestarte a la mayor brevedad posible.

Formulario de contacto

Puedes contactarnos a través del siguiente formulario.

PorMicheli Rabelo

Cómo solicitar el permiso de residencia temporal por reagrupación familiar en España

Si eres extranjero y eres residente legal en España, debes saber que tienes derecho a vivir con tu familia directa en territorio español. El permiso o autorización se denomina autorización de residencia temporal por reagrupación familiar y se concede a los familiares de extranjeros residentes en España.

Sin embargo, si quieres traer a tu familia, debes tener en cuenta ciertos aspectos, ya que se te exigirán presentar una serie de documentos, primero que acrediten tu parentesco, acreditar que cuentas con los medios económicos y con un alojamiento en condiciones para poder recibir y mantener a tus familiares.

En este artículo te informaremos sobre los documentos que deberás presentar y la información necesaria para solicitar la autorización de residencia temporal por reagrupación familiar.

En el caso de que tengas dudas o necesites asesoramiento legal, puedes contactarnos directamente rellenando el formulario que verás más abajo o haciendo clic en este enlace donde están todos nuestros datos para que puedas contactarnos sin problemas. En Europalegal somos abogados y asesores con muchos años de experiencia y especialistas en temas de extranjería.

¿A qué familiares puedes reagrupar?

  • Se puede reagrupar al cónyuge o persona con la que se tenga una relación afectiva análoga a la conyugal. Recuerda que deberás presentar la documentación necesaria que acredite la relación con esta persona, el certificado de matrimonio o de pareja de hecho. La relación conyugal o análoga deberá ser anterior al inicio de la residencia legal en España.
  • Hijos o hijas de la persona que reagrupa y del cónyuge o pareja, se incluyen los hijos naturales y adoptados. Deben ser menores de 18 años o con alguna discapacidad que les impida poder ser capaces de proveer a sus propias necesidades. En el caso que sea hijo solo de uno de los cónyuges, éste deberá ejercer en solitario la patria potestad o se le deber haber otorgado la custodia y estar efectivamente a su cargo.
  • Ascendiente en primer grado de la persona que reagrupa y es residente de larga duración o larga duración-UE, o de su cónyuge o pareja, cuando estén a su cargo, sean mayores de sesenta y cinco años y existan razones que justifiquen la necesidad de autorizar la residencia en España.
  • Personas que sean representados legalmente por el reagrupante y que sean menores de 18 años o que tengan alguna discapacidad.
  • Excepcionalmente, cuando concurran razones de carácter humanitario, podrá reagruparse al ascendiente menor de sesenta y cinco años.

Requisitos del reagrupante para solicitar el permiso o autorización de residencia temporal por reagrupación familiar:

  • No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión.
  • No encontrarse irregularmente en territorio español.
  • Carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento español.
  • No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
  • Tener asistencia sanitaria por estar cubierta por la Seguridad Social o contar con un seguro privado de enfermedad.
  • No padecer ninguna de las enfermedades que pueden tener repercusiones de salud pública graves de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento Sanitario Internacional de 2005.
  • No encontrarse, en su caso, dentro del plazo de compromiso de no retorno a España que el extranjero haya asumido al acogerse a un programa de retorno voluntario.
  • Haber abonado la tasa por tramitación del procedimiento.
  • Tener medios económicos suficientes para atender las necesidades de la familia. Se podrán computar los ingresos aportados por el cónyuge o pareja u otro familiar en línea directa y primer grado, residente en España que conviva con el reagrupante. No serán computables los ingresos provenientes del sistema de asistencia social. Las cuantías mínimas son las siguientes:
    • Para unidades familiares que incluyan dos miembros (reagrupante y reagrupado) se exige una cantidad mensual del 150 % del IPREM. Por cada miembro adicional se deberá sumar, el 50% del IPREM y disponer de vivienda adecuada, como mencionamos más arriba.
  • El reagrupante deberá haber residido en España durante un año como mínimo y haber obtenido autorización para residir por, al menos, otro año.
  • En el caso que se quiera reagrupar a los ascendientes, el reagrupante deberá ser titular de una autorización de larga duración o larga duración-UE.

¿Cómo solicitar la autorización de residencia temporal por reagrupación familiar?

Para solicitar esta autorización de residencia por reagrupación familiar, deberás acudir a la Oficina de Extranjería de la provincia donde tengas residencia.

  • Deberás presentar la solicitud de autorización de residencia por reagrupación familiar en territorio español.
  • Copia de tu pasaporte completo.
  • En caso de trabajar por cuenta ajena deberá presentar:
    • Copia del contrato de trabajo.
    • Última declaración del IRPF.
  • En caso de trabajar por cuenta propia:
    • Acreditación de la actividad que desarrolla.
    • Última declaración del IRPF.
  • Si no cuenta con actividades lucrativas en España, deberá presentar la documentación necesaria como certificación bancaria, que acredite que cuenta con medios económicos.
  • Deberá presentar documentos que acrediten que cuenta con una vivienda adecuada, esto depende de cada Comunidad Autónoma, puede informarse en el siguiente enlace.
  • Copia del pasaporte completo del reagrupado.
  • Copia de la documentación que acredite los vínculos familiares o existencia de la unión de hecho o de la representación.
  • Documentación que acredite que se tiene garantizada la asistencia sanitaria.

Recuerda que deberás presentar la solicitud de autorización de residencia por reagrupación familiar en territorio español por cada uno de los familiares que desees traer a España y cuando sea admitida, tus familiares deberán solicitar los visados en el consulado español de tu país de origen.

Deberás traer todos los documentos originales con su copia correspondiente, no vale que solo traigas copias compulsadas y recuerda que si los documentos no están en castellano, deberás traducirlos a la lengua castellana antes de presentarlos.

Esperamos que este artículo te haya aclarado algunas dudas, y si necesitas asesoramiento personalizado, estaremos encantados de poder ayudarte.

Formulario de contacto

Puedes contactarnos a través del siguiente formulario. Somos abogados expertos en temas internacionales y de extranjería.

PorMicheli Rabelo

Informe de esfuerzo de integración

Si eres extranjero y necesitas tramitar algún tipo de autorización para residir o trabajar en España, te contamos que existe un informe llamado informe de esfuerzo de integración, trámite que puede ayudar a la aprobación del permiso que necesitas para estar legalmente en territorio español.

Hace unas semanas te hablamos del informe de arraigo para el permiso de residencia en España y en esta oportunidad queremos que conozcas más en detalle qué es el informe de esfuerzo de integración y por qué puede ser importante si necesitas tramitar una autorización de renovación de residencia.

¿Qué es un informe de esfuerzo de integración?

Es un documento que puede emitir una Comunidad Autónoma donde se acredita el esfuerzo de integración de la persona que lo solicita, es decir, el extranjero o extranjera que necesita renovar su autorización para poder seguir viviendo en España.

¿En qué casos se puede solicitar este informe de esfuerzo de integración?

Se puede solicitar si se desea renovar la autorización de residencia temporal no lucrativa, autorización de residencia temporal por reagrupación familiar, residencia temporal y de trabajo por cuenta propia y ajena.

Podrás solicitar este informe de esfuerzo de integración en la Comunidad Autónoma donde tengas residencia, es decir, donde estés empadronado o empadronada.

Es importante que sepas que este informe no es obligatorio si estés tramitando tu permiso de renovación de residencia, pero en caso de no poder acreditar alguno de los requisitos que se te exigen para la renovación, puede ser tomado en cuenta por la administración encargada de este trámite.

El informe de esfuerzo de integración valorará la participación de la persona extranjera, ya sea en cursos formativos que ayuden a conocer los valores constitucionales españoles, democracia, igualdad entre hombres y mujeres, como también el interés por aprender las lenguas oficiales del lugar donde se está residiendo, como por ejemplo el catalán si se vive en Cataluña o el Euskera, si se vive en país vasco.

La persona extranjera deberá demostrar la asistencia a los cursos de formación de conocimiento, para que puedan ser incluidos en el informe de esfuerzo de integración.

Si necesitas orientación sobre cómo obtener este informe o tienes problemas para presentar tu autorización de renovación de residencia, puedes contactarnos, en Europa Legal somos abogados y asesores expertos en temas de extranjería y contamos con muchos años de experiencia, podemos asesorarte en una amplia variedad de permisos o temas legales.

La solicitud del informe de esfuerzo de integración puede ser vía Internet, si se cuenta con certificado electrónico o de manera presencial en las oficinas de administración general de la Comunidad Autónoma donde estés viviendo.

Formulario de contacto

Puedes contactarnos a través del siguiente formulario. Somos abogados expertos en temas internacionales y de extranjería.

PorMicheli Rabelo

Renovación Autorización de residencia vía telemática

Si tu tarjeta de residencia está pronta a caducar, te comentamos que desde hace ya un tiempo la Administración pública española, permite que el trámite de renovación de residencia se pueda realizar de forma telemática.

En la sede electrónica de la Administración pública del Gobierno Español se pueden ver en detalle las autorizaciones que están permitidas para poder presentar la renovación de residencia vía telemática, básicamente se pueden renovar las de larga duración y las de residencias temporales por menos de 5 años.

A continuación te indicamos cuáles son las autorizaciones de residencia permitidas:

  • Solicitud de Autorización de Residencia de Larga Duración por supuesto general de 5 años de residencia continuada en España. (art 148.1 RD 557/2011).
  • Renovaciones de autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena.
  • Renovaciones de autorización de residencia temporal y trabajo por cuenta propia.
  • Renovaciones de autorización de residencia no lucrativa.
  • Renovaciones de autorización de residencia por reagrupación familiar.
  • Renovaciones de autorización de residencia y trabajo como trabajador altamente cualificado (Tarjeta azul).
  • Renovaciones de autorización de residencia y trabajo de investigadores.
  • Renovaciones de autorización de residencia con exceptuación a la autorización de trabajo.
  • Modificación de autorización de residencia por circunstancias excepcionales por razones de arraigo laboral, social con habilitación para trabajar, y familiar, o cualquier otro caso en el que el titular haya obtenido autorización para trabajar, a autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena o por cuenta propia.
  • Prórroga de Autorización de Estancia por Estudios, Movilidad de Alumnos, Prácticas no laborales o servicios de voluntariado.
  • Prórroga de Autorización de Estancia de familiares de titular de Autorización de Estancia por Estudios, Movilidad de Alumnos, Prácticas no laborales o Servicios de Voluntariado.
  • Modificación de Autorización de Estancia por Estudios, Movilidad de Alumnos, Prácticas no laborales o servicios de voluntariado a Autorización de Residencia y Trabajo o Residencia con Exceptuación a la autorización de trabajo.
  • Modificación de Autorización de Estancia de familiares de titular de Autorización de Estancia por Estudios, Movilidad de Alumnos, Prácticas no laborales o Servicios de Voluntariado a Residencia por Reagrupación familiar.
  • Tarjeta de Residencia permanente de familiar de ciudadano de la UE.
    • El abono de la tasa puede pagarse en el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas o a través de una entidad bancaria (se deberá contar con el justificativo impreso o descarga del archivo.

En caso de no presentar el pago de la tasa durante la tramitación telemática, deberá presentar el justificante de pago en la oficina de extranjería correspondiente por vía ordinaria, lo que puede provocar un retraso en vuestra tramitación de renovación de residencia.

En EuropaLegal te podemos ayudar a presentar correctamente tu solicitud de renovación de residencia y en caso de que no puedas realizarla personalmente nosotros podremos realizarla por ti, no importa en donde te encuentres. El trámite de pago de las tasas también podemos realizarlo por ti, si fuera necesario. Si tienes dudas, escríbenos o llámanos, toda la información está en nuestra sección contacto.

Se deben tener en cuenta las fechas en que caduca su NIE o el permiso de residencia y presentar la renovación dentro del plazo estipulado por la Administración, aunque hay excepciones, es mejor evitar las sanciones o penalizaciones.

El plazo para que la Administración Pública resuelva tu expediente es de 3 meses, en caso de que no se notifique dentro de este tiempo, se puede solicitar un escrito de silencio positivo para así no perder la autorización de residencia.

Esperamos que este artículo te haya sido útil y recuerda que si tienes dudas o necesitas asesoría legal, estaremos encantados de ayudarte.

Formulario de contacto

Puedes contactarnos a través del siguiente formulario. Somos abogados expertos en temas internacionales y de extranjería.

PorMicheli Rabelo

Residencia para menores de edad no nacidos en España

Si eres extranjero y tienes residencia legal en España y tienes un hijo o hija que no ha nacido en territorio español, te contamos que tienes derecho a solicitar la autorización de residencia de extranjero menor de edad no nacido en España, para que así pueda vivir legalmente en el país.

Esta normativa también es aplicable para el ciudadano español que tenga la tutela legal de un menor de edad que no ha nacido en territorio español y quiera legalizar la situación del menor.

Mantener a un menor en situación irregular en España no es aconsejable porque arriesga a ser detenido en caso de que se le solicite su identificación y no tenga el permiso de residencia.

A continuación te señalamos cuáles son los requisitos para poder solicitar el permiso de residencia para menores de edad no nacidos en España:

  • No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, ni de Suiza o del Espacio Económico Europeo o familiar de un ciudadano de estos países.
  • Acreditar que el menor lleva viviendo en España de manera continuada por un periodo mínimo de dos años.
  • Que sus padres o tutores acrediten empleo o recursos económicos suficientes para atender las necesidades de la familia, en estas cuantías:
    • En las unidades de dos miembros, contando con el padre o la madre, se exigirá el 150% del IPREM. Por cada miembro adicional a los dos citados (progenitor y menor) se incrementará el 50% más del IPREM.
  • Que sus padres o tutores acrediten disponer de vivienda adecuada.
  • En el supuesto de que el menor esté en edad de escolarización obligatoria, que se acredite que ha estado matriculado en un centro de enseñanza durante su permanencia en España.

Si cumples con estos requisitos podrás solicitar el permiso de residencia para el menor de edad no nacido en España.

Recuerda que si tu hijo o hija está en situación irregular y tienes dudas para presentar la solicitud, en EuropaLegal podemos ayudarte. Somos asesores y abogados expertos en temas de extranjería, puedes contactarnos rellenando el formulario que verás más abajo o visitar nuestra página de contacto con toda la información.

Para poder presentar la solicitud de residencia, deberás presentar la siguiente documentación:

  • Impreso de solicitud en modelo oficial (EX–01) por duplicado, debidamente cumplimentado y firmado por el padre, madre o tutor. Puedes acceder al impreso haciendo clic aquí.
  • Copia del pasaporte completo título de viaje o cédula de inscripción en vigor del menor.
  • Documentación acreditativa del parentesco con residente legal, o tutela con ciudadano o institución.
  • Documentación identificativa del solicitante, que podrá ser:
    • En el supuesto de ser tutelado por español: DNI.
    • En el supuesto de ser hijo o tutelado por residente legal: autorización de residencia del padre o la madre.
  • Documentación acreditativa de la permanencia en España durante un mínimo de dos años.
  • Certificado que acredite haber estado matriculado en un centro de enseñanza, en su caso.
  • En el supuesto de ser hijo de extranjero residente o tutelado por español o extranjero residente en España:
    • Documentación acreditativa del empleo y/o recursos económicos suficientes para atender las necesidades de la familia, que podrá ser acreditada por cualquier medio de prueba y que podrá ser:
      • En caso de realizar actividad por cuenta ajena, copia del contrato de trabajo y declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente al año anterior.
      • Si la actividad que realiza es por cuenta propia, acreditación de la actividad que realiza y declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente al año anterior.
      • Si no se realiza actividad lucrativa: cheques certificados, cheques de viaje o cartas de pago o tarjetas de crédito, acompañadas de una certificación bancaria de la cantidad disponible como crédito.
    • Informe sobre la disponibilidad de vivienda adecuada expedido por la Comunidad Autónoma o, si ésta lo ha autorizado, por la Corporación local del lugar de residencia.

La Comunidad Autónoma o Corporación local disponen de un plazo de 30 días para emitir el informe. Si en el citado plazo no se emite, el interesado podrá acreditar este requisito por cualquier medio de prueba, siempre que se haga referencia al título que habilita para la ocupación de la vivienda, número de habitaciones, uso al que se destina cada una de las dependencias, número de personas que la habitan, condiciones de habitabilidad y equipamiento.

Finalmente, la persona que solicite el permiso de residencia para el menor de edad no nacido en España, deberá ser el padre, la madre o el tutor del menor y deberá acudir personalmente a la Oficina de Extranjería de la provincia donde el menor tenga registrado su domicilio.

Se deberá abonar las tasas exigidas para comenzar el trámite y luego se deberá esperar unos 45 días, a contar de la fecha de entrada del registro para que la Administración notifique la aprobación o no de la autorización.

Esperamos que este artículo te haya ayudado y si necesitas resolver dudas legales o realizar algún trámite contáctanos y te responderemos lo más pronto posible.

Formulario de contacto

Puedes contactarnos a través del siguiente formulario. Somos abogados expertos en temas internacionales y de extranjería.

PorMicheli Rabelo

Exequátur: Reconocimiento de un divorcio extranjero en España

En el caso de que te hayas casado en un país extranjero y luego te hayas divorciado, dicha sentencia no es válida por sí misma en España. Para que el divorcio en el extranjero sea reconocido, se debe realizar un procedimiento llamado exequátur, el cual permite reconocer sentencias extranjeras en España.

En el caso de que quieras volver a casarte en España, deberás regularizar tu situación, por tanto para que la sentencia de divorcio extranjera sea válida tiene que ser reconocida por un juzgado español. Si quieres cambiar tu estado civil, deberás realizar este procedimiento.

¿En qué consiste el procedimiento exequátur?

Es un procedimiento que permite verificar la sentencia de divorcio o cualquier otra sentencia dictada en un país extranjero, para ello deberá cumplir con los requisitos establecidos en la legislación española para así homologar dicha sentencia.

En caso de que el divorcio se haya realizado en algún país miembro de la Unión Europea (exceptuando Dinamarca), no será necesario realizar ningún procedimiento, porque la sentencia podrá ser reconocida sin problemas.

¿Quién puede realizar el procedimiento exequátur?

Para solicitar este procedimiento, necesitarás estar representado o representada por un abogado y un procurador. En EuropaLegal contamos con abogados expertos en temas de extranjería y podemos ayudarte en todo el proceso de validar tu divorcio extranjero en España, puedes contactarnos en el formulario que verás más abajo o llamándonos, contamos con oficinas en Madrid y Barcelona, pero tenemos clientes en toda España.

Reconocimiento del divorcio: ¿qué papeles deberás presentar?

Junto con la demanda de exequátur, se deberán adjuntar los siguientes documentos:

    • Copia auténtica de la sentencia de divorcio entre dos personas del país extranjero. La sentencia deberá estar legalizada o apostillada. (La apostilla no es necesaria si la sentencia se ha realizado en Israel, Alemania o Italia).
    • Certificado del testimonio de que la sentencia es firme.
    • Certificado o documento que acredite que se la sentencia ha sido notificada al demandado.
    • Si la sentencia de divorcio está en otro idioma que no sea el español, deberá venir acompañada de una traducción jurada.
    • Certificado literal de matrimonio.
    • Certificado literal de nacimiento de hijos en caso de tenerlos.
    • Fotocopia del DNI o NIE del ciudadano español.

La solicitud del procedimiento exequátur para reconocer el divorcio extranjero en España, deberá ser presentado junto a toda la documentación señalada anteriormente ante el juzgado de Primera Instancia del lugar donde quieras reconocer el divorcio, generalmente será en el lugar donde tengas residencia.

Recuerda que es muy importante que cuentes con la asistencia de un abogado y un procurador para poder realizar este trámite. Los tiempos de resolución del procedimiento pueden variar dependiendo del país en donde se haya hecho válido el divorcio.

Gracias por confiar en EuropaLegal, esperamos que este artículo te haya servido y si tienes dudas escríbenos o llámanos

Formulario de contacto

Puedes contactarnos a través del siguiente formulario. Somos abogados expertos en temas internacionales y de extranjería.

PorMicheli Rabelo

Informe de arraigo para solicitar el permiso de residencia en España

Hace un tiempo te hablamos de los permisos de residencia temporal por circunstancias especiales, entre ellos, te hablamos del permiso de residencia por arraigo social, una autorización que permite a los extranjeros vivir legalmente en territorio español. Uno de los requisitos más importantes para poder obtener esta autorización es presentar un informe de arraigo, en este post te explicaremos en detalle de qué se trata.

Si quieres saber más sobre los diferentes tipos de permisos que existen por causas excepcionales, te invitamos a que visites nuestro Blog, allí encontrarás mucha información sobre éste y muchos más temas sobre residencia y nacionalidad.

Como ya te comentamos el arraigo social, es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales que se da a los extranjeros que estén viviendo en España, estén integrados socialmente o tengan familiares españoles.

¿Qué es el informe de arraigo y quien puede solicitarlo?

El informe de arraigo es un documento que permite acreditar la integración social del demandante y así pueda obtener la autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales por razones de arraigo social.

Este informe lo puede solicitar cualquier extranjero que no sea miembro de la Comunidad Europea y mayor de edad que se encuentre en España y no tenga vínculos familiares con ciudadanos españoles.

El solicitante deberá estar en situación administrativa irregular o con permanencia autorizada por razones de estancia por estudios o de protección internacional.

Para solicitar este trámite se debe estar empadronado en la ciudad donde se desea realizar el trámite, por ejemplo: Barcelona o en algún Municipio de la Comunidad de Madrid.

El primer paso será solicitar el formulario de solicitud de informe por arraigo social. Se puede solicitar por Internet o acudir a una oficina de atención ciudadana. Una vez rellenada la solicitud se puede enviar llevar a la misma oficina de atención ciudadana o enviar por Internet.

Una vez que el Ayuntamiento reciba la documentación acordará una cita con el solicitante y se preparará el informe de arraigo.

Se debe tener en cuenta que será necesario acreditar que lleva viviendo en España por más de 3 años.

*Debes saber que si quieres realizar el trámite por Internet deberás contar con DNI electrónico o un certificado electrónico reconocido por la Comunidad Autónoma donde vas a realizar la solicitud.

Si necesitas asesoría legal o más información sobre el informe de arraigo, en Europa Legal contamos con abogados y asesores expertos en temas de extranjería. Estamos en Madrid, Barcelona y Mallorca. Puedes contactarnos directamente rellenando el formulario que verás más abajo.

Una vez presentado el informe se deberá contar unos 30 días hábiles para saber la resolución, esta se notificará vía SMS al interesado para que pueda recogerla personalmente o se enviará por correo certificado a la dirección que haya dado al momento de hacer el trámite.

Formulario de contacto

Puedes contactarnos a través del siguiente formulario. Somos abogados expertos en temas internacionales y de extranjería.

PorMicheli Rabelo

Trabajar en España: Ciudadano de la Comunidad Europea

En este post queremos hablarte de algunos derechos que tienen las personas miembros de la comunidad europea y específicamente en este artículo te vamos a hablar sobre el acceso de los extranjeros al trabajo en España.

Según el reglamento de (UE) n ° 492/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de abril de 2011, en su artículo 1 señala lo siguiente:

1. “Todo nacional de un Estado miembro, sea cual fuere su lugar de residencia, tendrá derecho a acceder a una actividad por cuenta ajena y a ejercerla en el territorio de otro Estado miembro, de conformidad con las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas que regulan el empleo de los trabajadores nacionales de dicho Estado”.

2. “En particular se beneficiará en el territorio de otro Estado miembro de las mismas prioridades de los nacionales de dicho Estado en el acceso a los empleos disponibles”.

Es importante destacar que gracias a estas normativas, queda establecido que cualquier ciudadano comunitario (es decir, que sea miembro de la Comunidad Europea) puede trabajar en cualquier estado o país miembro.

En el caso de España, el responsable de velar por estas personas es el Organismo Nacional para la libre circulación de trabajadores. De acuerdo con el artículo 4 de la Directiva 2014/54/UE, también velará por la supervisión y el apoyo en el ámbito de la igualdad de trato de los trabajadores de la Unión y los miembros de sus familias, sin discriminación por razón de la nacionalidad ni restricciones y obstáculos injustificados de su derecho a la libre circulación. Este organismo forma parte de la Secretaría General de Inmigración y Emigración de España.

¿Qué derechos tienen las personas miembros de la Comunidad Europea?

En el reglamento antes señalado, se establece que “la libre circulación de trabajadores dentro de la Unión debe quedar asegurada. La realización de este objetivo supone la abolición, entre los trabajadores de los Estados miembros de toda discriminación por razón de nacionalidad con respecto al empleo, retribución y demás condiciones de trabajo, así como al derecho de estos trabajadores a desplazarse libremente dentro de la Unión para ejercer una actividad asalariada, sin perjuicio de las limitaciones justificadas por razones de orden público, seguridad y salud públicas”.

Por tanto, los ciudadanos miembros de la Unión Europea pueden realizar una actividad laboral, aunque no se resida en el país donde se trabaja. Es decir, la libre circulación está garantizada y por supuesto el derecho a trabajar en el país que se quiera, siempre y cuando sea miembro de la UE.

Estos derechos también se aplican a los familiares del ciudadano de la Unión Europea en el caso de que le acompañe o vivan con él o ella.

En el caso de España los extranjeros miembros de la UE podrán:

  • Entrar, salir o residir legalmente en territorio español, si se ha cumplido con los requisitos y formalidades legales. SI tienes dudas sobre este punto te invitamos a que nos contactes o rellenes el formulario que encontrarás al final de este artículo.
  • Realizar cualquier trabajo por cuenta ajena o por cuenta propia, para prestar o recibir servicios.
  • Podrán mantener su derecho a residencia.
  • Tendrán derecho a la equiparación con los trabajadores del país en: salarios, promoción, formación profesional, Seguridad Social, condiciones de trabajo, afiliación sindical, etc.
  • La totalización de períodos de seguros cumplidos en los países miembros, a efectos de las prestaciones de la Seguridad Social. 

¿Cuánto tiempo pueden residir en España los ciudadanos miembros de la UE y sus familiares?

Si la permanencia en España es inferior a tres meses, será suficiente la posesión de pasaporte o documento de identidad en vigor con el que haya efectuado la entrada en territorio español.

En caso que la residencia sea superior a tres meses e inferior a cinco años, deberán presentar o cumplir con ciertos requisitos:

  • Trabajar por cuenta ajena o por cuenta propia en España.
  • Disponer de recursos económicos para sí y para sus familiares en caso de que vivan con él o ella y contar con seguro de enfermedad.
  • Los trabajadores por cuenta ajena deberán aportar una declaración de contratación del empleador o un certificado de empleo.
  • Los trabajadores por cuenta propia aportarán una prueba de que trabajan por cuenta propia.
  • Los estudiantes, incluidos los que cursen enseñanzas de formación profesional, deberán presentar la siguiente documentación:
    • Matrícula del centro, público o privado, reconocido o financiado por la administración educativa competente.
    • Seguro de enfermedad, público o privado, contratado en España o en otro país, siempre que proporcione una cobertura completa en España.
    • Declaración responsable de que posee recursos suficientes para sí y los miembros de su familia.

Formulario de contacto

Puedes contactarnos a través del siguiente formulario. Somos abogados expertos en temas internacionales y de extranjería.

Nancy Chaparro Gonzalez
Nancy Chaparro Gonzalez
2022-04-13
Muy contenta 😊 muy buena atención recomentadicimo una empresa eficaz y rapidez
JR & RO
JR & RO
2022-04-12
Ja fiz varios trámites com eles e en todos tive bons resultados e satisfactorios , bom atendimente nota 10 , agora vamos a por la nacionalidad,👍👍👍
koko leal
koko leal
2022-04-09
EuropaLegal son un gran equipo de profesionales 👏👏👏 ya me han resuelto varios trámites y todos han sido favorable sin problema alguno, conocen el derecho Migratorio al 100 % vaya para ellas mi agradecimiento eterno. Gracias Micheli, Liliana y demás miembros de su equipo ❤️🤗
Elizabeth S. Rojas
Elizabeth S. Rojas
2022-03-31
Estoy muy satisfecha con el trabajo de Europa Legal!!! Una empresa seria y competente! Atención genial! Consegui la homologación de mi título en tiempo récord!!!
Jorge Lucas
Jorge Lucas
2022-03-17
Ótimo citio para hacer tú trámites y documentación, son muy amables y atenciosos!
Vane g
Vane g
2022-03-02
Excelente servicio!!
Lianet Agramonte
Lianet Agramonte
2022-02-25
Super complacida la verdad 👍 muy buenos 100% recomendado
Stephany Williams
Stephany Williams
2022-02-24
Excelente 👌 servicio .
Yolvert Oscar Soto Bolivar
Yolvert Oscar Soto Bolivar
2022-02-24
Excelente servicio. Un gran asesoramiento de parte del equipo de trabajo en cuanto al trámite a solicitar. Excelente atención y muy eficaz en cuanto al trámite realizado un trabajo impecable de verdad. Recomendados al 1000% mi proximo trámite sin duda será con Europa Legal. Gracias por la atención y el trabajo realizado.
gleicimar gomes da silva
gleicimar gomes da silva
2022-02-24
Mi experiencia con vosotros ha sido muy, muy gratificante y buena, son todos muy atentos muy profesional llevo un tiempo con vosotros como cliente y seguiré con vosotros por la rapidez y la seriedad gracias por todo estoy muy grata con vosotros.
Abrir chat
¿Te podemos ayudar?
¡Hola!
¿Te podemos ayudar?