Si eres extranjero y te encuentras en España realizando estudios de Investigación, Master o un Doctorado, te contamos que la autorización de estancia por estudios te permite realizar actividades laborales por cuenta ajena y por cuenta propia.
En el caso de la autorización de trabajo por cuenta ajena, debes saber que la empresa pública o privada para la que trabajes, deberá estar inscrita en el régimen de Seguridad Social y ser capaz de acreditar los medios económicos y materiales para poder asumir las responsabilidades del contrato.
En el caso de que quieras realizar trabajos por cuenta propia, es decir que trabajes para ti, y no para una empresa externa, la normativa española también tiene algunas exigencias para dar su autorización.
Recuerda que la autorización de estancia por estudios, es un permiso que concede la residencia en España por un período superior a 90 días, con el fin de realizar estudios en un centro de enseñanza reconocido por el Gobierno Español.
El objetivo será obtener un título o certificado de estudios que acredite que se han terminado los estudios con éxito.
Si quieres trabajar por cuenta propia y realizar tus estudios al mismo tiempo, es posible compatibilizar las dos cosas, y para ello será necesario que cumplas con los siguientes requisitos:
Si has llegado hasta aquí y cumples con todos los requisitos podrás presentar la documentación que exige la legislación. En caso de no cumplir con los requisitos, o tengas dudas si en tu caso en particular, puedes compatibilizar tus estudios y el trabajo por cuenta ajena, recuerda que en Europa Legal, somos abogados especialistas en temas de extranjería y derecho internacional y podemos ayudarte a resolver cualquier duda.
Para solicitar la autorización de trabajo por cuenta propia, deberás presentar una serie de papeles que acrediten la compatibilidad de tus estudios con la actividad laboral que quieras realizar y dependiendo del tipo de trabajo o servicios que quieres iniciar deberás presentar certificados y/o documentos específicos que estipula la normativa.
Se te pedirá también que puedas demostrar que cuentas con los medios económicos suficientes para invertir en el proyecto o servicio que quieres comenzar a echar a andar.
Esperamos que esta información te haya sido útil, si estás interesado en trabajar por cuenta propia mientras realizas tus estudios en alguna Universidad española o Centro de enseñanza español, podemos resolverte cualquier duda o ayudarte en los trámites para que puedas realizar ambas cosas sin problemas.
En el caso de que hayas perdido la residencia de larga duración y necesites volver a vivir y/o trabajar en España, es posible poder solicitar su recuperación, siempre y cuando haya sido por alguno de los motivos que te detallaremos a continuación:
* Cuando la autorización de residencia de larga duración se hubiera extinguido por la ausencia del territorio de la Unión Europea durante 12 meses consecutivos.
* Cuando la autorización de residencia de larga duración se hubiera extinguido por la adquisición de la residencia de larga duración-UE en otro Estado miembro.
* Cuando el extranjero residente de larga duración regrese a España finalizado el periodo de su compromiso de no retorno.
La normativa española establece ciertas normas y requisitos que deberás cumplir para poder presentar la solicitud de recuperación de residencia de larga duración en España y que no te la rechacen.
* No debes ser ciudadano de algún Estado de la Unión Europea, del Estado Económico, ni de Suiza. Tampoco puedes ser familiar de un ciudadano de alguno de estos países.
* No puedes estar de manera irregular en territorio español.
* No debes tener antecedentes penales en España, ni en los países anteriores de residencia por delitos que existen en el ordenamiento español.
* No se debe tener prohibida la entrada a España.
* No padecer ninguna de las enfermedades que pueden tener repercusiones de salud pública graves, según lo dispuesto en el Reglamento Sanitario Internacional.
Si he perdido la titularidad de residencia de larga duración, ¿Cómo puedo recuperarla?
Primero que todo, deberás solicitar la recuperación de titularidad personalmente y deberás presentarte en la Oficinas oficinales o consulado correspondiente:
* En el caso de que no estés en territorio español, deberás acudir al Consulado español u oficina diplomática española del lugar donde estés viviendo.
* Si estás en territorio español, deberás acudir a la Oficina de Extranjería de la provincia donde quieras fijar tu residencia.
¿Qué documentos deberás presentar?
Es importante que sepas que toda la documentación que aportes al Consulado Español u Oficina de extranjería, deberán incluir una copia y el original al momento de la presentación.
* Impreso de solicitud en modelo oficial (EX–11)
* Copia del pasaporte completo o título de viaje con vigencia mínima de cuatro meses.
* Certificado de antecedentes penales o documento equivalente, en caso de ser mayor de edad penal, expedido por las autoridades del país de origen o del país o países en que haya residido durante los últimos cinco años.
* Certificado médico.
Todos los documentos que presentes deben estar en castellano o traducidos a la lengua cooficial del territorio donde presentes la solicitud.
Recuerda que todos los documentos que presentes que no sean expedidos por las autoridades españolas, deberán estar previamente legalizados por la Oficina consular de España con jurisdicción en el país en el que se ha expedido dicho documento o, en su caso, por el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación salvo en el caso en que dicho documento haya sido apostillado por la Autoridad competente del país emisor según el Convenio de la Haya de 5 de octubre de 1961.
Al momento de la solicitud se deberá pagar la tasa de residencia de larga duración, esta se devengará en el momento de admisión a trámite de la solicitud, y deberá abonarse en el plazo de diez días hábiles. El impreso para el abono se puede descargar del portal de la Secretaría de Estado de la función pública. Puedes acceder directamente haciendo clic aquí.
Si tienes alguna duda sobre este trámite o quieres asesoría personalizada, en EuropaLegal estaremos encantados de poder ayudarte, no pierdas tiempo y resuelve tu situación o la de algún amigo y familiar, para que pueda recuperar la titularidad de residencia de larga duración lo más pronto posible, somos abogados especialistas en temas de extranjería.
El plazo de resolución de la solicitud podrá tardar unos tres meses, a contar de la entrada de la solicitud en el organismo competente. Se notificará según lo acordado por el solicitante y en caso de silencio administrativo se dará por entendido que fue aceptada.
Una vez que se ha concedida la autorización el solicitante deberá acudir a la Oficina donde presentó la solicitud, si está en el extranjero al Consulado Español y si está en España a la Oficina de Extranjería, para solicitar el visado y luego tendrá un mes desde que se autorizó su residencia para solicitar su Tarjeta de Residencia para poder estar legalmente en España.
Esperamos que esta información te haya sido útil, y si necesitas asesoría legal puedes contactarnos por email o por teléfono, estamos en Madrid y Barcelona.
Si eres extranjero y no tienes la nacionalidad española y tu hijo ha nacido en territorio español, es posible que demandes la nacionalidad para tu hijo antes las autoridades, pero no es un trámite sencillo, y dependerá de la nacionalidad que tengas, porque no todos los países pueden acogerse a este derecho.
En Europa Legal intentaremos explicarte quiénes pueden optar a este derecho y los documentos que deberás presentar.
De acuerdo a la legislación española, los bebés nacidos en España que sean de padres extranjeros que no continúan con la nacionalidad de sus padres, pueden obtener la nacionalidad español por simple presunción, con el fin de evitar que ese niño sea un apátrida, es decir sin nacionalidad.
El Código Civil en su artículo 17, señala que son españoles de origen los menores nacidos en España de padres extranjeros, si ambos (padre y madre) carecen de alguna nacionalidad o si la legislación de sus países de origen no da a su hijo una de sus nacionalidades respectivas. Si ocurre una de estos casos, se puede realizar un expediente en el registro Civil donde esté empadronado para declarar la nacionalidad española con valor de simple presunción.
No solo basta con nacer en España para ser español, es importante que sepas bien esto, como dice más arriba en el Código Civil, se dará la nacionalidad española si los padres carecen de nacionalidad o si la legislación de ninguno de ellos atribuye al hijo una nacionalidad.
Como ves la nacionalidad por simple presunción, dependerá del país de origen de los padres, a continuación te detallamos las nacionalidades que podrían acogerse a este derecho. Es importante que ambos padres sean de estos países, pudiendo ser del mismo o combinados.
Argentina
Bolivia
Brasil
Cabo verde
Colombia
Costa rica
Cuba
Guinea Bissau
Panamá
Paraguay
Perú
Portugal
Santo Tomé y Príncipe
Uruguay
En el caso de que tu hijo o bebé nacido en España, ya tenga la nacionalidad de algunos de sus padres, podrá solicitar la nacionalidad española, después de tener residencia legal por más de un año.
Debes saber que existen casos especiales que pueden acogerse también al derecho de nacionalidad española por simple presunción, como los que vienen de Marruecos y otros países, pero dependerá de cada caso, se tendrá que analizar en detalle, por ello si necesitas asesoría legal, es mejor que nos contactes, para poder darte una ayuda personalizada y efectiva. Somos Abogados especialistas en temas de extranjería y temas Internacionales. Puedes contactarnos por email a: a: [email protected] o a los teléfonos: 914339159 – 669552049 – 685486832.
Certificado literal de nacimiento del recién nacido o menor.
Certificado de empadronamiento de cada uno de los padres.
Certificado literal de nacimiento de cada uno de los padres, este debe ser emitido por el Registro Civil de su país, y legalizado por el Consulado o Embajada de dicho país en España, o apostillado.
Certificado Consular en que se acredite que la legislación de su país no reconoce al menor la nacionalidad de su país.
Original y fotocopia del libro de familia donde aparezca el menor.
Original y fotocopia de los pasaportes del padre y de la madre.
*Recuerda que todos los documentos tienen una validez de 3 meses, excepto las partidas de nacimiento.
Cuando se realice el trámite y se aporten los documentos en el Registro Civil donde se esté empadronado/a, deben ser presentados por el padre o la madre del recién nacido o menor. Se exigirá su Pasaporte o Documento de Identidad que acredite quién es y la relación con el menor.
La presencia del menor no es necesaria al momento de la solicitud de la nacionalidad española por valor de simple presunción.
Si eres extranjero, viviendo en España, debes saber que para poder trabajar, tener derecho a salud y optar a otros beneficios, debes contar con un permiso de residencia y trabajo para poder estar legalmente en el territorio.
Dentro de las diferentes opciones para obtener un permiso de residencia y regularizar la situación de muchas personas indocumentadas, el Gobierno Español, cuenta con las llamadas autorizaciones de residencia temporal por circunstancias excepcionales, que son por arraigo familiar, arraigo social y arraigo laboral.
En este artículo te explicaremos sobre el Permiso de residencia por arraigo Social, pero en nuestro Blog podrás encontrar los otros tipos de permisos, explicados en detalle.
En palabras sencillas, la residencia por arraigo social, es un permiso que se concede a personas extranjeras que estén en España y estén de alguna manera integrados socialmente al país y/o que tengan vínculos familiares con otros residentes.
Este permiso es uno de los más solicitados por los extranjeros actualmente, que no pertenecen a la comunidad europea.
Si estás en alguna de estas situaciones y necesitas regularizar tu situación en España, en Europa Legal podemos ayudarte, somos abogados expertos en temas de extranjería y Derecho Internacional, con muchos años de experiencia. No dudes en contactarnos.
Es importante que sepas que para optar al permiso de residencia por arraigo social, debes cumplir con TODOS los requisitos que enumeramos a continuación.
¿Cómo demuestro los años que llevo viviendo en España? Para demostrar que has estado viviendo en España por 3 años, podrás presentar cualquier documento legal que acredite que has estado viviendo en el territorio español por ese período, por ejemplo, el certificado de empadronamiento, es un documento válido.
¿Cuanto se tarda en saber si me aprueban mi solicitud de residencia por arraigo social?
Las autoridades tienen un plazo de 90 días para resolver si aprueba o no la solicitud de residencia por arraigo social. En caso de ausencia de algún tipo de notificación al interesado, se entenderá que la solicitud se ha rechazado.
En caso de que haya sido aprobada, el interesado/a, deberá en plazo de un mes, deberá solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero en la oficina donde haya realizado el primer trámite.
En el caso de que se conceda la autorización de residencia, irá acompañada de una autorización de trabajo por cuenta ajena y propia durante la vigencia que se determine, por tanto el interesado o la empresa para la que trabaja deberá darlo de alta en la Seguridad Social.
Recuerda que si tienes alguna duda sobre la presentación de algún permiso de residencia, o para solucionar algún tema legal porque eres extranjero, estaremos encantado de poder ayudarte. Tenemos oficinas en Madrid y Barcelona. Puedes contactarnos por email a: a: [email protected] o a los teléfonos: 914339159 – 669552049 – 685486832.
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Si eres español o española y te has casado en el extranjero, es necesario que inscribas tu matrimonio lo más pronto posible para que sea un matrimonio válido en España y pueda darte derechos a ti y a tu cónyuge en caso de que quiera vivir en territorio español.
En Europa Legal, encontrarás la información necesaria sobre diferentes trámites relacionados con extranjería y temas internacionales, tenemos muchos años de experiencia ayudando a extranjeros y españoles, que necesitan asesoramiento legal.
Para registrar tu matrimonio puedes inscribirlo en uno de estos organismos:
Es importante que sepas que para poder inscribir tu matrimonio en España y sea legal, al menos uno de los contrayentes debe tener la nacionalidad Española. También puedes registrar tu matrimonio si obtuviste la nacionalidad española después del matrimonio y residas actualmente en España.
En caso de matrimonio religioso:
En caso de matrimonio civil:
Es importante que sepas que los documentos extranjeros que no se hayan emitido en España deberán estar legalizados, apostillados y traducidos al español en caso de que estén en una lengua extranjera.
El tiempo de resolución del trámite puede tardar bastante, dependerá del país donde se haya celebrado el matrimonio, del consulado donde se presentó la documentación y muchos otros factores.
Si tienes alguna duda y quieres inscribir tu matrimonio en España, podemos ayudarte con los trámites o asesorarte en cualquier otro tema.
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