Si eres extranjero y tienes residencia legal en España y tienes un hijo o hija que no ha nacido en territorio español, te contamos que tienes derecho a solicitar la autorización de residencia de extranjero menor de edad no nacido en España, para que así pueda vivir legalmente en el país.
Esta normativa también es aplicable para el ciudadano español que tenga la tutela legal de un menor de edad que no ha nacido en territorio español y quiera legalizar la situación del menor.
Mantener a un menor en situación irregular en España no es aconsejable porque arriesga a ser detenido en caso de que se le solicite su identificación y no tenga el permiso de residencia.
Si cumples con estos requisitos podrás solicitar el permiso de residencia para el menor de edad no nacido en España.
Recuerda que si tu hijo o hija está en situación irregular y tienes dudas para presentar la solicitud, en EuropaLegal podemos ayudarte. Somos asesores y abogados expertos en temas de extranjería, puedes contactarnos rellenando el formulario que verás más abajo o visitar nuestra página de contacto con toda la información.
Para poder presentar la solicitud de residencia, deberás presentar la siguiente documentación:
La Comunidad Autónoma o Corporación local disponen de un plazo de 30 días para emitir el informe. Si en el citado plazo no se emite, el interesado podrá acreditar este requisito por cualquier medio de prueba, siempre que se haga referencia al título que habilita para la ocupación de la vivienda, número de habitaciones, uso al que se destina cada una de las dependencias, número de personas que la habitan, condiciones de habitabilidad y equipamiento.
Finalmente, la persona que solicite el permiso de residencia para el menor de edad no nacido en España, deberá ser el padre, la madre o el tutor del menor y deberá acudir personalmente a la Oficina de Extranjería de la provincia donde el menor tenga registrado su domicilio.
Se deberá abonar las tasas exigidas para comenzar el trámite y luego se deberá esperar unos 45 días, a contar de la fecha de entrada del registro para que la Administración notifique la aprobación o no de la autorización.
Esperamos que este artículo te haya ayudado y si necesitas resolver dudas legales o realizar algún trámite contáctanos y te responderemos lo más pronto posible.
Puedes contactarnos a través del siguiente formulario. Somos abogados expertos en temas internacionales y de extranjería.
En el caso de que te hayas casado en un país extranjero y luego te hayas divorciado, dicha sentencia no es válida por sí misma en España. Para que el divorcio en el extranjero sea reconocido, se debe realizar un procedimiento llamado exequátur, el cual permite reconocer sentencias extranjeras en España.
En el caso de que quieras volver a casarte en España, deberás regularizar tu situación, por tanto para que la sentencia de divorcio extranjera sea válida tiene que ser reconocida por un juzgado español. Si quieres cambiar tu estado civil, deberás realizar este procedimiento.
Es un procedimiento que permite verificar la sentencia de divorcio o cualquier otra sentencia dictada en un país extranjero, para ello deberá cumplir con los requisitos establecidos en la legislación española para así homologar dicha sentencia.
En caso de que el divorcio se haya realizado en algún país miembro de la Unión Europea (exceptuando Dinamarca), no será necesario realizar ningún procedimiento, porque la sentencia podrá ser reconocida sin problemas.
Para solicitar este procedimiento, necesitarás estar representado o representada por un abogado y un procurador. En EuropaLegal contamos con abogados expertos en temas de extranjería y podemos ayudarte en todo el proceso de validar tu divorcio extranjero en España, puedes contactarnos en el formulario que verás más abajo o llamándonos, contamos con oficinas en Madrid y Barcelona, pero tenemos clientes en toda España.
Reconocimiento del divorcio: ¿qué papeles deberás presentar?
Junto con la demanda de exequátur, se deberán adjuntar los siguientes documentos:
La solicitud del procedimiento exequátur para reconocer el divorcio extranjero en España, deberá ser presentado junto a toda la documentación señalada anteriormente ante el juzgado de Primera Instancia del lugar donde quieras reconocer el divorcio, generalmente será en el lugar donde tengas residencia.
Recuerda que es muy importante que cuentes con la asistencia de un abogado y un procurador para poder realizar este trámite. Los tiempos de resolución del procedimiento pueden variar dependiendo del país en donde se haya hecho válido el divorcio.
Gracias por confiar en EuropaLegal, esperamos que este artículo te haya servido y si tienes dudas escríbenos o llámanos
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Hace un tiempo te hablamos de los permisos de residencia temporal por circunstancias especiales, entre ellos, te hablamos del permiso de residencia por arraigo social, una autorización que permite a los extranjeros vivir legalmente en territorio español. Uno de los requisitos más importantes para poder obtener esta autorización es presentar un informe de arraigo, en este post te explicaremos en detalle de qué se trata.
Si quieres saber más sobre los diferentes tipos de permisos que existen por causas excepcionales, te invitamos a que visites nuestro Blog, allí encontrarás mucha información sobre éste y muchos más temas sobre residencia y nacionalidad.
Como ya te comentamos el arraigo social, es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales que se da a los extranjeros que estén viviendo en España, estén integrados socialmente o tengan familiares españoles.
El informe de arraigo es un documento que permite acreditar la integración social del demandante y así pueda obtener la autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales por razones de arraigo social.
Este informe lo puede solicitar cualquier extranjero que no sea miembro de la Comunidad Europea y mayor de edad que se encuentre en España y no tenga vínculos familiares con ciudadanos españoles.
El solicitante deberá estar en situación administrativa irregular o con permanencia autorizada por razones de estancia por estudios o de protección internacional.
Para solicitar este trámite se debe estar empadronado en la ciudad donde se desea realizar el trámite, por ejemplo: Barcelona o en algún Municipio de la Comunidad de Madrid.
El primer paso será solicitar el formulario de solicitud de informe por arraigo social. Se puede solicitar por Internet o acudir a una oficina de atención ciudadana. Una vez rellenada la solicitud se puede enviar llevar a la misma oficina de atención ciudadana o enviar por Internet.
Una vez que el Ayuntamiento reciba la documentación acordará una cita con el solicitante y se preparará el informe de arraigo.
Se debe tener en cuenta que será necesario acreditar que lleva viviendo en España por más de 3 años.
*Debes saber que si quieres realizar el trámite por Internet deberás contar con DNI electrónico o un certificado electrónico reconocido por la Comunidad Autónoma donde vas a realizar la solicitud.
Si necesitas asesoría legal o más información sobre el informe de arraigo, en Europa Legal contamos con abogados y asesores expertos en temas de extranjería. Estamos en Madrid, Barcelona y Mallorca. Puedes contactarnos directamente rellenando el formulario que verás más abajo.
Una vez presentado el informe se deberá contar unos 30 días hábiles para saber la resolución, esta se notificará vía SMS al interesado para que pueda recogerla personalmente o se enviará por correo certificado a la dirección que haya dado al momento de hacer el trámite.
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