marzo, 2019 | Europa Legal ©

Asesoría especializada

en extranjería

Idiomabandera idioma españabandera idioma portugués

Europa Legal Asesoría de Extranjería

Idioma bandera idioma españa bandera idioma portugues

Archivo mensual marzo 2019

PorMicheli Rabelo

Cómo obtener la Tarjeta Sanitaria Europea

La Tarjeta Sanitaria Europea es un documento personal e intransferible que te permite recibir las prestaciones sanitarias que necesites durante una estancia temporal en algún país de la Comunidad Europea o que pertenezca al Espacio Económico Europeo o Suiza.

En términos sencillos, es una tarjeta que te permitirá recibir atención médica pública en condiciones similares a las de las personas que viven en el país que te encuentras al momento de solicitar la atención médica, siempre y cuando sea un país, como te comentamos más arriba, miembro de la Comunidad Europea y países adheridos al espacio Schengen.

La Tarjeta Sanitaria Europea te asegura la cobertura sanitaria cuando tengas que viajar por motivos laborales, de estudio o de turismo. Tener esta tarjeta te permite identificarte como usuario del sistema europeo de salud, para así poder acceder a la ayuda médica en caso de necesitarla, tal como la tendrías en España.

Es importante que sepas que para poder solicitar la Tarjeta Sanitaria debes ser titular del derecho y cumplir con los requisitos exigidos por la legislación española y la Seguridad Social española. Si no estás dado de alta en la Seguridad española, no podrás optar a esta tarjeta.

La Tarjeta Sanitaria Europea no será válida cuando el desplazamiento o viaje tenga una finalidad de recibir un tratamiento médico, en este caso será necesario que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INS) o el Instituto Social de la Marina (ISM) emita el formulario correspondiente. Finalmente, en caso de que usted traslade su residencia a otro país miembro, tampoco será válida esta tarjeta.

Puede que en algunos casos tenga que asumir algún gasto derivado de la asistencia sanitaria que reciba, en igualdad de condiciones con los asegurados del Estado al que se desplaza. Estos importes no serán reembolsables.

Si usted va a viajar fuera de España y el destino es alguno de los países miembros de la Comunidad Europea, es recomendable que solicite su tarjeta Sanitaria Europea, para evitar gastos imprevistos y poder obtener ayuda médica si lo necesita.

Para solicitar la Tarjeta Sanitaria Europea existen 3 vías:

  1. Por Internet, para ello deberá contar con un certificado digital.
  2. Acudiendo a la Oficina de Seguridad Social más cercana, con cita previa.
  3. Vía Telefónica.

El plazo de envío de la tarjeta son unos 10 días, se enviará a la dirección que aparezca en la base de datos de la Seguridad Social, por lo que te recomendamos que tengas actualizado tu domicilio para no tener problemas. La Tarjeta Sanitaria Europea no se entrega por mano, solo se envía al domicilio.

La Tarjeta Sanitaria Europea tiene una validez de 2 años, se indicará la fecha de caducidad en la misma tarjeta.

En caso de que no se pueda emitir la Tarjeta Sanitaria Europea y deba viajar de manera inminente, se podrá solicitar un Certificado Provisional Sustitutorio de la Tarjeta Sanitaria Europea.

Si tienes dudas sobre este trámite o necesitas asesoría sobre cualquier otro asunto legal, no dudes en contactarnos.

Formulario

PorMicheli Rabelo

Tarjeta de residencia de familiar comunitario

Si eres español y necesitas la tarjeta de residencia de familiar comunitario para algún familiar que desea venir a vivir a España, te invitamos a que sigas leyendo, porque hay una serie de aspectos a considerar, antes de solicitarla.

Es importante que te informes bien sobre los requisitos, y documentación que se te exigirá, porque son trámites en los que se te pedirá mucha documentación, en este artículo intentaremos explicarte los puntos clave a considerar, pero si tienes un caso particular y necesitas asesoría legal, te invitamos a que nos contactes rellenando un simple formulario o llamándonos directamente, toda nuestra información está en nuestra página de contacto.

En EuropaLegal llevamos muchos años ayudando a extranjeros y ciudadanos comunitarios en diferentes temas para que puedan vivir sin problemas en España, somos expertos en temas de extranjería y por eso en este Blog cada semana publicamos artículos que son de interés para las personas que quieren regularizar su situación legal o tienen algún problema de papeles.

Si quieres que tu familiar venga a vivir contigo por más de tres meses a España, deberás solicitar la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión Europea. En este artículo nos centraremos en los casos de los familiares que quieren venir a España y dependen económicamente del ciudadano español o miembro de la Unión Europea.

Lo primero que deberás demostrar (con documentación válida) es la relación familiar que te une con esa persona y por supuesto presentar documentos que certifiquen que depende económicamente de ti para vivir.

Se considera familiares a:

  • El/La cónyuge, siempre que no haya recaído el acuerdo o la declaración de nulidad del vínculo matrimonial o divorcio.
  • Pareja con la que mantenga una unión análoga a la conyugal e inscrita en un registro público establecido en un Estado miembro de la Unión, o en un Estado parte en el Espacio Económico Europeo y siempre que no se haya cancelado dicha inscripción. Las situaciones de matrimonio e inscripción como pareja registrada se considerarán, en todo caso, incompatibles entre sí.
  • Hijo/Hija directo del ciudadano de la Unión o del Espacio Económico Europeo o de su cónyuge o pareja registrada siempre que no haya recaído el acuerdo o la declaración de nulidad del vínculo matrimonial, o divorcio, o se haya cancelado la inscripción registral como pareja, menor de veintiún años, o mayor de dicha edad que viva a su cargo, o incapaz.
  • Ascendiente directo del ciudadano de la Unión o del Espacio Económico Europeo o de su cónyuge o pareja registrada que viva a su cargo, siempre que no haya recaído el acuerdo o la declaración de nulidad del vínculo matrimonial, o divorcio, o se haya cancelado la inscripción registral de la pareja.
  • Cualquier miembro de la familia que en el país de procedencia estén a cargo del ciudadano de la Unión.
  • Cualquier miembro de la familia que en el país de procedencia conviva con el ciudadano de la Unión. Se entenderá acreditada la convivencia si se demuestra fehacientemente una convivencia continuada de 24 meses en el país de procedencia
  • Cualquier miembro de la familia, que por motivos graves de salud o de discapacidad sea estrictamente necesario que el ciudadano de la Unión se haga cargo del cuidado personal
  • Pareja de hecho no inscrita con la que mantenga una relación estable debidamente probada al acreditar la existencia de un vínculo duradero. En todo caso se entenderá la existencia de ese vínculo si se acredita un tiempo de convivencia marital de, al menos, un año continuado, salvo que tuvieran descendencia en común, en cuyo caso bastará la acreditación de convivencia estable debidamente probada. Las situaciones de matrimonio y pareja se considerarán, en todo caso, incompatibles entre sí.

Se entenderá que están a cargo aquellos familiares cuyo sostén económico lo proporciona el ciudadano de la UE y necesitan ayuda material para cubrir sus necesidades básicas. Esta dependencia debe darse en el país de origen.

La documentación que se te exigirá será la siguiente:

  • Impreso de solicitud en modelo oficial (EX–19) por duplicado, debidamente cumplimentado y firmado por el familiar del ciudadano de la Unión.
  • Pasaporte completo válido y en vigor del familiar. En el supuesto de que esté caducado, deberá aportarse copia de éste y de la solicitud de renovación.
  • Documentación acreditativa de la existencia de vínculo familiar con el ciudadano de la Unión o del Espacio Económico Europeo
  • En caso de pareja no registrada, documentación acreditativa de que constituyen una pareja estable que atestigua la existencia de un vínculo duradero, así como justificación del tiempo de convivencia marital o, en su caso, certificado de nacimiento de la descendencia en común.
  • Si es hijo del ciudadano de la Unión o del Espacio Económico Europeo o de su cónyuge o pareja de hecho registrada mayor de 21 años, documentación acreditativa de su condición de familiar a cargo o dependiente
  • Si es hijo menor de edad y no reside en España con los dos progenitores, documentación acreditativa de su condición de familiar a cargo o dependiente del ciudadano de la Unión o de su cónyuge o pareja registrada
  • Si es ascendiente del ciudadano de la Unión o de su cónyuge o pareja registrada, documentación acreditativa de su condición de familiar a cargo
  • D.N.I. del ciudadano español o certificado de registro del ciudadano de la Unión al que acompañan o con el que van a reunirse
  • Si se trata de otro miembro de la familia, documentación acreditativa del parentesco y de la dependencia, o de que en el país de procedencia convivían con el ciudadano de la Unión, o de los motivos graves de salud o discapacidad.

Recuerda que si tu familiar quiere venir a España y reside en un país que pertenece al tratado de Schengen, solo necesitará su pasaporte y/o tarjeta de residente de dicho país. Una vez que está en España, tendrás un plazo de tres meses para solicitar la Tarjeta de residencia de familiar comunitario.

Esperamos que este artículo te haya servido, y si necesitas saber sobre otros temas legales sobre extranjería no dudes en contactarnos.

Formulario de contacto

Nancy Chaparro Gonzalez
Nancy Chaparro Gonzalez
2022-04-13
Muy contenta 😊 muy buena atención recomentadicimo una empresa eficaz y rapidez
JR & RO
JR & RO
2022-04-12
Ja fiz varios trámites com eles e en todos tive bons resultados e satisfactorios , bom atendimente nota 10 , agora vamos a por la nacionalidad,👍👍👍
koko leal
koko leal
2022-04-09
EuropaLegal son un gran equipo de profesionales 👏👏👏 ya me han resuelto varios trámites y todos han sido favorable sin problema alguno, conocen el derecho Migratorio al 100 % vaya para ellas mi agradecimiento eterno. Gracias Micheli, Liliana y demás miembros de su equipo ❤️🤗
Elizabeth S. Rojas
Elizabeth S. Rojas
2022-03-31
Estoy muy satisfecha con el trabajo de Europa Legal!!! Una empresa seria y competente! Atención genial! Consegui la homologación de mi título en tiempo récord!!!
Jorge Lucas
Jorge Lucas
2022-03-17
Ótimo citio para hacer tú trámites y documentación, son muy amables y atenciosos!
Vane g
Vane g
2022-03-02
Excelente servicio!!
Lianet Agramonte
Lianet Agramonte
2022-02-25
Super complacida la verdad 👍 muy buenos 100% recomendado
Stephany Williams
Stephany Williams
2022-02-24
Excelente 👌 servicio .
Yolvert Oscar Soto Bolivar
Yolvert Oscar Soto Bolivar
2022-02-24
Excelente servicio. Un gran asesoramiento de parte del equipo de trabajo en cuanto al trámite a solicitar. Excelente atención y muy eficaz en cuanto al trámite realizado un trabajo impecable de verdad. Recomendados al 1000% mi proximo trámite sin duda será con Europa Legal. Gracias por la atención y el trabajo realizado.
gleicimar gomes da silva
gleicimar gomes da silva
2022-02-24
Mi experiencia con vosotros ha sido muy, muy gratificante y buena, son todos muy atentos muy profesional llevo un tiempo con vosotros como cliente y seguiré con vosotros por la rapidez y la seriedad gracias por todo estoy muy grata con vosotros.
Abrir chat
¿Te podemos ayudar?
¡Hola!
¿Te podemos ayudar?