Pasar la prueba de Conocimientos Constitucionales y Socioculturales de España (CCSE) es un requisito obligatorio para obtener la nacionalidad española.
Su objetivo es evaluar el conocimiento de los derechos y deberes básicos de la Constitución Española, así como el funcionamiento de los organismos del Estado y la cultura nacional.
Es un examen obligatorio tanto para quienes vienen a vivir a España y desean ser residentes, como para los sefardíes que, aun viviendo en otro país, soliciten obtener la nacionalidad española.
El examen CCSE lo elabora el Instituto Cervantes, un organismo creado por el Estado, en 1991, que se dedica al estudio y promoción de las lenguas y culturas hispánicas. Para crear los contenidos de la prueba, el Instituto coge como marcos de referencia la Constitución española, el MCER y algunos estudios propios sobre la cultura y costumbres españolas.
Es decir, la prueba CCSE se elabora a partir de la normativa europea, el Derecho español, y un análisis oficial y profundo sobre la cultura de España. Y esos serán los temas que aparecerán en el examen.
El Marco Común Europeo de Referencia en lenguas es un acuerdo del Consejo de Europa que pretende unificar el estudio de las lenguas europeas. Se hizo para fomentar la mobilidad (sobretodo profesional) de un país al otro dentro de la Unión Europea.
Se usa, por ejemplo, para validar el temario de los títulos oficiales en lengua. Es decir, si tienes un título oficial que garantiza tu conocimiento de la lengua castellana, será reconocido en cualquier país gracias a que se ha hecho en base al MCER. Y no importa si has hecho el examen en España o en algún otro sitio, porque el MCER garantiza su validez oficial en Europa. Y también supervisan el contenido de esta prueba CCSE.
Se considera que un residente con nacionalidad española debería conocer por lo menos los principios básicos de la Constitución de derechos y deberes del ciudadano y saber el funcionamiento de los organismos del Estado y la Administración Pública. Para poder cumplir con sus obligaciones políticas y también acceder a las subvenciones.
El tercer bloque de contenido de la prueba CCSE responde a la voluntad del Instituto Cervantes: dar a conocer la cultura y las costumbres hispanas, con tal de garantizar el mantenimiento de todas ellas, por parte de los ciudadanos residentes con nacionalidad española.
El examen obligatorio para obtener la nacionalidad española se articula en torno a dos grandes temas: «Gobierno, legislación y participación ciudadana» (60% del valor del examen) y «Cultura, historia y sociedad españolas» (40%). A continuación, te explicamos los detalles de la prueba CCSE.
Se trata de un examen tipo test de 25 preguntas. Algunas son de verdadero o falso, y otras donde deberás escoger la respuesta correcta entre tres opciones. Las preguntas no tienen más de 30 o 40 palabras y están escritas en un lenguaje sencillo, que permite entenderlas fácilmente y así concentrarse en el contenido que se pregunta. Además, las pruebas CCSE constan de un glosario de términos por si hay alguna duda en el vocabulario.
La prueba dura 45 minutos, que es el tiempo que tienes para responder a las preguntas. Las respuestas correctas suman 1 punto y las incorrectas 0, igual que las preguntas en blanco. Por lo tanto, no se penaliza el error.
Hay que responder correctamente 15 de las 25 preguntas, por lo menos. Esto es un 60% del examen.
Las 25 preguntas del examen valen 1 punto cada una y están repartidas en estas 5 tareas (o «mini-temas»):
Conocimiento del Gobierno, las leyes y los mecanismos de participación ciudadana. (10 preguntas)
Derechos y deberes que conlleva tener la nacionalidad española. (3 preguntas)
Geografía de España y organización territorial y política. (2 preguntas)
Tradiciones, cultura e historia del país. (2 preguntas)
Conocimientos de los trámites administrativos y aspectos de la vida cotidiana, convenciones y costumbres de la sociedad. (7 preguntas)
Para preparar la prueba, el Instituto Cervantes pone a disponibilidad pública ficheros y guías de descarga gratuita a estudiar para el examen.
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