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Nacionalidad para descendientes de españoles

PorMicheli Rabelo

Nacionalidad para descendientes de españoles

Propuesta de Ley en materia de concesión de la nacionalidad española a los descendientes nacidos en el extranjero de progenitores españoles

En este artículo te queremos informar sobre una propuesta de Ley que fue presentada en mayo de este año y que ha sido considerada en la Cámara del Senado, donde fue aprobada y que a su entrada en vigor está prevista a partir de los 3 meses que se haya publicado en el BOE (Boletín Oficial del Estado).

¿A quiénes beneficia este nuevo proyecto de Ley para descendientes de españoles?

El objetivo de esta propuesta es remediar situaciones injustas provocadas por la Ley de Memoria Histórica, por la cual no se les concedía la nacionalidad a descendientes de españoles o españolas nacidos en el extranjero.

En esta propuesta de Ley se incluyen reformas en los siguientes artículos del Código Civil español: 20, 23, 24 y 26. Con estos cambios en la legislación se permite que personas con diferentes realidades, las cuales explicaremos más adelante, puedan optar a la concesión de la nacionalidad española.

Esta nueva proposición de Ley en materia de concesión de la nacionalidad española a los descendientes nacidos en el extranjero de progenitores españoles, está dirigida a aquellas personas que se encuentren en los siguientes casos:

    • Nietos y nietas de mujeres españolas de origen, nacidas en España y casadas con un no español antes de la entrada en vigor de la Constitución Española de 1978.
    • Hijos de quienes obtuvieron la nacionalidad de origen mediante la Ley 52/2007 que, al momento de entrada en vigor de la Disposición Adicional Séptima, eran ya mayores de edad.
    • Nietos y nietas de personas que tuvieron que emigrar de España por causas económicas que obtuvieron la nacionalidad del país de acogida y perdieron la española antes del nacimiento de su hijo o hija.
    • Nietos y nietas de nacionales españoles que, habiendo ostentando la nacionalidad, la han perdido por no ratificar su deseo de conservarla al cumplir su mayoría de edad.

¿Qué documentos deberán presentar los descendientes de españoles para obtener la nacionalidad española?

En el caso de hijos de españoles emigrados:

    • Certificado literal de nacimiento del solicitante.
    • Certificado literal de nacimiento del padre o de la madre expedido por un Registro Civil en España. En el caso de haber nacido antes de 1870, se podrá presentar un certificado de bautismo emitido en España.

Para nietos de abuelos españoles emigrados:

    • Certificado literal de nacimiento del solicitante.
    • Certificado literal de nacimiento del padre o de la madre.
    • Certificado literal de nacimiento del abuelo o de la abuela del solicitante. En caso de haber nacido antes de 1870 podrán aportar una certificación española de bautismo

En el caso de hijos mayores de edad de españoles a quienes les fue reconocida la nacionalidad de origen en virtud del derecho de opción.

    • Certificado literal de nacimiento del solicitante.
    • Certificado literal de nacimiento del padre o de la madre del solicitante en el cual registre que uno de ellos optó por la nacionalidad española de origen o certificado literal de nacimiento del interesado en el que conste que es hijo de español y que el inscrito no ostenta la nacionalidad española.

Si te encuentras en alguno de estos casos, o no estás seguro o segura de poder acogerte a esta nueva propuesta de Ley para poder obtener la nacionalidad española, te invitamos a que nos contactes para poder ayudarte rellenando el formulario que hay a continiuación.

En Europa Legal somos expertos en temas de extranjería, si lo necesitas, nosotros estudiaremos tu caso, para poder ofrecerte una solución lo más pronto posible y acompañarte en todo el proceso si lo prefieres.

Recuerda que es un proyecto que aún no está vigente, sin embargo no es un impedimento para que puedas resolver tus dudas.

Formulario de contacto

Sobre el autor

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Especialista en inmigración, por el centro de estudios y investigaciones jurídicas CEIJ Madrid, y Movilidad, extranjería y Nacionalidad Española por el CEF centro de estudios financieros, Madrid.

6 comments so far

LillianPublicada el3:06 am - Sep 9, 2018

Buenas. Permitame una pregunta. Que pasa con los nietos de emigrante español pero con padre fallecido? Tenemos derecho a gestionar la nacionalidad española aunque nuestro padre este muerto?

Muchas gracias por su tiempo.

Karoline camejo LuisPublicada el8:45 pm - Sep 26, 2018

Mí abuela es española, aún sabiendo que el proyecto de ley aún no está autorizado, yo igual podría obtar por la nacionalidad???

    Micheli RabeloPublicada el12:22 pm - Sep 28, 2018

    No podrías aun, hasta que no entre en vigor. Una vez que entre en vigor habría que ver de que manera y cómo. Hay que esperar no obstante, te invito a seguir nuestra página para enterarte de todo. Gracias

Juan Carlos Cruz AlvarezPublicada el1:53 am - Oct 6, 2018

Buenas tardes:

Por favor necesito saber si me pueden ayudar con respecto al tramite de ciudadanía española a través de la ley de nietos prevista para el próximo año. El tema consiste que se hace necesario la certificación de nacimiento o fe de bautismo, en mi caso corresponde la fe de bautismo porque el abuelo español nació en el año 1869, o sea antes del 1871 y en ese entonces aun no existía el registro civil. El problema es que después de solicitar la fe de bautismo en el obispado de tenerife en la gomera, canarias y a su vez haber solicitado el servicio del genealogista David Corbella me responden que la fe de bautismo que se solicita se encuentra registrada en el libro 9 que comprende los años (1867-1874) fue quemado en un incendio en un accidente ocurrido en la parroquia en el año 1962 ( Nuestra Sñra de Candelaria en Chipude). Mi pregunta es si pudiera existir alguna solución o variante al respecto que ustedes me puedan ayudar para poder obtener la fe de bautismo ya que el libro donde fue registrado se quemó.
Recibí documentos originales de firma y cuño del Coronel director del Archivo General Militar de Segovia en España donde certifica que fue militar en Cuba en el año 1897 al servicio del ejercito español y estuvo hospitalizado en el hospital militar de pinar del río, tengo una foto original de el y un testamento que herede una casa de su hija en cuba, así como todos sus datos.
Por favor si pudieran ayudarme en algo les pido que me contacten.

Saludos:

Juan Carlos Cruz

    Micheli RabeloPublicada el12:32 pm - Oct 8, 2018

    Es un tema complicado, nosotros sin documentos no podemos tramitar nada. El trabajo de conseguir los documentos de ese tipo esta en manos de historiadores, si el no puede hacer por tener, nosotros no podremos ayudarte con la nacionalidad. Se que es complicado, es España por varios motivos, hay muchos registros quemados o desaparecidos, si algun dia saliera una ley para solventar estos casos no dudes que haremos un post sobre ello con el fin de poder ayudaros.

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Nancy Chaparro Gonzalez
Nancy Chaparro Gonzalez
2022-04-13
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JR & RO
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2022-04-12
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Jorge Lucas
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2022-03-02
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Lianet Agramonte
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2022-02-25
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Stephany Williams
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2022-02-24
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Yolvert Oscar Soto Bolivar
Yolvert Oscar Soto Bolivar
2022-02-24
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