El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado hace unos días la Orden INT/35/2022, de 26 de enero, por la que se modifica la Orden INT/657/2020, de 17 de julio, por la que se modifica la imposición de restricciones temporales a los viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países del Espacio Schengen.
Debido a la crisis sanitaria provocada por el COVID-19 por razones de preservar la salud pública esta nueva modificación y criterios de restricciones será efectiva hasta el 28 de febrero de 2022 hasta las 24:00 horas. Entre lo más destacado de estas modificaciones están la exclusión de Argentina, Australia y Canadá de la lista del Anexo I.
Cita textual:
(…) En correspondencia con la modificación de la Recomendación del Consejo, procede suprimir a Argentina, Australia y Canadá del listado de terceros países, regiones administrativas especiales y demás entidades y autoridades territoriales cuyos residentes no se ven afectados por la restricción temporal de viajes no imprescindibles a la UE a través de las fronteras exteriores.
Los ciudadanos residentes de los países de terceros y regiones que no se ven afectados por estas restricciones temporales de viajes no imprescindibles son los siguientes: Baréin, Chile, Colombia, Indonesia, Kuwait, Nueva Zelanda, Perú, Qatar, Ruanda, Arabia Saudí, Corea del Sur, Emiratos Árabes Unidos, Uruguay, China. Regiones administrativas especiales de la República Popular China: RAE de Hong Kong, RAE de Macao.
Entidades y autoridades territoriales no reconocidas como Estados por al menos un Estado miembro de la Unión Europea: Taiwán.
Debido a la pandemia de COVID-19 los diferentes países han tomado medidas para las personas que entran y salen de sus territorios. España no es la excepción y aunque constantemente estas medidas van cambiando, según la situación de contagios, te comentamos cuáles son a día de hoy los documentos y medidas sanitarias que se exigen para la entrada a España.
Los certificados que se presenten deben ser los originales y podrán estar redactados en español, inglés, francés o alemán. Se podrán presentar en papel o de manera electrónica.
Si necesitas entrar o salir de España y no sabes qué documentos debes presentar puedes contactarnos para solicitar ayuda. En Europa Legal somos abogados expertos en temas de nacionalidad y extranjería.
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