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Permiso de residencia para Familia extensa

PorMicheli Rabelo

Permiso de residencia para Familia extensa

En este artículo te vamos a hablar de la autorización de residencia como familia extensa de un ciudadano español o miembro comunitario.

Desde diciembre del 2005 entró en vigor en España una reforma que busca ampliar la reagrupación familiar extendiéndola a más miembros que estén a cargo de un ciudadano español o miembro comunitario.

Esta reforma amplia el listado de familiares que pueden venir a España y obtener el permiso de residencia. Para que puedas comprender mejor esta nueva reforma, debes saber que antes solo se consideraban como miembros de una familia a los cónyuges, parejas de hecho registradas; descendientes directos menores de 21 años a cargo de uno o de los dos cónyuges o de la pareja de hecho y los ascendientes directos a cargo del cónyuge o la pareja de hecho.

Es importante que sepas que para poder acceder a este permiso se deberá demostrar o probar que el español o ciudadano de la comunidad europea ha mantenido o está actualmente manteniendo económicamente al familiar en su país de origen o en España.

¿Qué familiares se pueden considerar como parte de la familia extensa?

  • Cónyuge y/o Pareja de hecho: El ciudadano puede reagrupar a su cónyuge, si está casado por un matrimonio válido en España. En el caso de la pareja de hecho, ésta debe estar inscrita en un Registro Público de Parejas de Hecho. En el caso de que la pareja de hecho no esté registrada, se deberá probar que se tiene una relación estable con ella y acreditarse que existe algún tipo de vínculo. Se deberá demostrar que se tiene una convivencia de al menos un año o si se tiene alguna descendencia en común (hijos).
  • Hijos. En el caso de que sean mayores de 21 años se deberá demostrar que depende económicamente de su familiar Español.
  • Ascendientes: Padres que vivan a cargo de ciudadano español o miembro comunitario, no hay límites de edad.
  • Otros familiares: aquí se incluye cualquier otro familiar del ciudadano español que dependa económicamente de éste para vivir. Se tomarán en cuenta los grados de parentesco y las pruebas que verifiquen esta situación.
  • La convivencia debe ser de al menos de 24 meses.

Para aclarar finalmente quienes pueden ser considerados como familia extensa se considera a cualquier familiar que en el momento de la solicitud se encontrara a cargo o viviera con él ciudadano español u miembro de la Unión Europea que esté viviendo en España.

Si tienes dudas para poder solicitar este permiso de residencia en España para familia extensa, te invitamos a contactarnos, en Europalegal somos abogados y asesores expertos en temas de extranjería. Debes considerar que para poder presentar tu solicitud deberás cumplir con una serie de requisitos

Los requisitos generales para solicitar el permiso de residencia por familia extensa

  • Pasaporte válido y en vigor del solicitante.
  • Documentos que acrediten la dependencia económica, del grado de parentesco.
  • Pruebas de la existencia de una relación estable con el ciudadano de un Estado miembro de la Unión Europea o de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo y el tiempo de convivencia.
  • Documentación acreditativa de ser ciudadano de la unión (certificado comunitario y pasaporte).

Esperamos que esta información te sea de ayuda para que sepas las diferentes opciones que tienes, en el caso de ser extranjero y quieras vivir en España de manera legal. Recuerda que en nuestro Blog encontrarás artículos donde te explicamos en detalle otros tipos de permisos de residencia y otros temas que pueden ser de ayuda para ti o algún familiar.

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Puedes contactarnos a través del siguiente formulario. Somos abogados expertos en temas internacionales y de extranjería.

Sobre el autor

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Especialista en inmigración, por el centro de estudios y investigaciones jurídicas CEIJ Madrid, y Movilidad, extranjería y Nacionalidad Española por el CEF centro de estudios financieros, Madrid.

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