Residencia por arraigo social | Europa Legal ©

Asesoría especializada

en extranjería

Idiomabandera idioma españabandera idioma portugués

Europa Legal Asesoría de Extranjería

Idioma bandera idioma españa bandera idioma portugues

Permiso de residencia por arraigo social

PorMicheli Rabelo

Permiso de residencia por arraigo social

Si eres extranjero, viviendo en España, debes saber que para poder trabajar, tener derecho a salud y optar a otros beneficios, debes contar con un permiso de residencia y trabajo para poder estar legalmente en el territorio.

Dentro de las diferentes opciones para obtener un permiso de residencia y regularizar la situación de muchas personas indocumentadas, el Gobierno Español, cuenta con las llamadas autorizaciones de residencia temporal por circunstancias excepcionales, que son por arraigo familiar, arraigo social y arraigo laboral.

En este artículo te explicaremos sobre el Permiso de residencia por arraigo Social, pero en nuestro Blog podrás encontrar los otros tipos de permisos, explicados en detalle.

En palabras sencillas, la residencia por arraigo social, es un permiso que se concede a personas extranjeras que estén en España y estén de alguna manera integrados socialmente al país y/o que tengan vínculos familiares con otros residentes.

Este permiso es uno de los más solicitados por los extranjeros actualmente, que no pertenecen a la comunidad europea.

Si estás en alguna de estas situaciones y necesitas regularizar tu situación en España, en Europa Legal podemos ayudarte, somos abogados expertos en temas de extranjería y Derecho Internacional, con muchos años de experiencia. No dudes en contactarnos.

¿Cuáles son los requisitos para solicitar un permiso de residencia por arraigo social?

Es importante que sepas que para optar al permiso de residencia por arraigo social, debes cumplir con TODOS los requisitos que enumeramos a continuación.

  • No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión.
  • No tener antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia.
  • No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
  • No encontrarse, en el plazo de compromiso de no retorno a España que el extranjero haya asumido al retornar voluntariamente a su país de origen.
  • Haber permanecido con carácter continuado en España durante un periodo mínimo de tres años. Para que este requisito se cumpla, las ausencias de España durante este período no pueden superar los 120 días.
  • Tener vínculos familiares (cónyuge o pareja de hecho registrada, ascendientes o descendientes en primer grado y línea directa) con otros extranjeros residentes o con españoles, o bien, presentar un informe que acredite su integración social emitido por la Comunidad Autónoma donde reside.
  • Contar con un contrato de trabajo firmado por el trabajador y empleador, para un periodo no inferior a un año.
  • Se podrá eximir la presentación del contrato en el supuesto de que se acredite que se cuenta con medios económicos suficientes o que éstos derivan de una actividad por cuenta propia, y siempre que lo recomiende el informe de integración social que emita la Comunidad Autónoma.

¿Cómo demuestro los años que llevo viviendo en España? Para demostrar que has estado viviendo en España por 3 años, podrás presentar cualquier documento legal que acredite que has estado viviendo en el territorio español por ese período, por ejemplo, el certificado de empadronamiento, es un documento válido.

Procedimiento para realizar el trámite

  • El interesado debe presentar personalmente la solicitud, en caso de ser menor de edad o estar incapacitado, lo podrá hacer su representante legal. Deberá acudir a la Oficina de extranjería de la provincia donde esté fijado su domicilio.
  • Se deberá cancelar una tasa de residencia temporal por circunstancias excepcionales, Modelo 790 código 052. El impreso para pagar esta tasa se puede descargar directamente desde la web de la Secretaría de Estado de la Función Pública.

¿Cuanto se tarda en saber si me aprueban mi solicitud de residencia por arraigo social?

Las autoridades tienen un plazo de 90 días para resolver si aprueba o no la solicitud de residencia por arraigo social. En caso de ausencia de algún tipo de notificación al interesado, se entenderá que la solicitud se ha rechazado.

En caso de que haya sido aprobada, el interesado/a, deberá en plazo de un mes, deberá solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero en la oficina donde haya realizado el primer trámite.

En el caso de que se conceda la autorización de residencia, irá acompañada de una autorización de trabajo por cuenta ajena y propia durante la vigencia que se determine, por tanto el interesado o la empresa para la que trabaja deberá darlo de alta en la Seguridad Social.

Recuerda que si tienes alguna duda sobre la presentación de algún permiso de residencia, o para solucionar algún tema legal porque eres extranjero, estaremos encantado de poder ayudarte. Tenemos oficinas en Madrid y Barcelona. Puedes contactarnos por email a: a: [email protected] o a los teléfonos: 914339159 669552049685486832.

Si te ha gustado esta información o crees que le puede servir a algún pariente o amigo, no dudes en compartirla.

Formulario de contacto

Sobre el autor

administrator

Especialista en inmigración, por el centro de estudios y investigaciones jurídicas CEIJ Madrid, y Movilidad, extranjería y Nacionalidad Española por el CEF centro de estudios financieros, Madrid.

11 comments so far

Vanderlei Batista godoyPublicada el2:01 pm - Ago 8, 2018

Boa tarde ,,tenho uma dúvida;qual e melhor levar o atestado de antecedentes (certidão criminal),,daqui do Brasil ou deixar pra pedir este documento quando já estiver aí na Espanha,,,grato

    Micheli RabeloPublicada el12:53 pm - Sep 6, 2018

    A los tres meses de haber pedido el certificado de antecedentes penales, este caduca. siempre es mejor tener los trámites iniciados y solicitar desde aquí para que esto no suceda. Contacta con nosotros llegado en momento, podemos ayudarte a traerlos sin problema.

JonasPublicada el8:25 am - Ago 11, 2018

Bom dia Michele. Tudo bem?😀😆
Tenho uma grande duvida referente arraigo social. Posso sair ou nao????Sei q tenho q ficar 3 anos na Espanha. Nesse periodo posso sair para o Brasil e retornar no prazo de 1.mes? Ou so posso ir pela União europeia?? Abaixo esta o texto do seu site:

Haber permanecido con carácter continuado en España durante un periodo mínimo de tres años. Para que este requisito se cumpla, las ausencias de España durante este período no pueden superar los 120 días.

Meu zap 651375999

MarcelaPublicada el10:00 pm - Ago 12, 2018

Hola. Mi Hermano y yo vivimos en España a más de 10 años. Ambos con contrato de trabajo. Me gustaría saber cómo hago para traer mi madre legalmente atraves del arraigo familiar.
Muchas gracias
Marcela Cristovam

    Micheli RabeloPublicada el3:13 pm - Sep 4, 2018

    En algunos casos se hace solicitando la tarjeta de familiar de comunitario, en otros casos por reagrupación familiar. Te recomiendo que te pongas en contacto con nosotros a través de nuestros teléfonos o correos, así podremos hablar sobre tu caso en concreto

Flavia fonseca moraisPublicada el1:42 am - Ago 15, 2018

Oi meu nome é Flavia e queria morar e trabalhar aí aq no Brasil está muito ruim

¿Qué es la Tarjeta de Vecindad? | Europa Legal ©Publicada el4:39 pm - Ago 24, 2018

[…] Para poder obtener la tarjeta de vecindad deberás acudir personalmente a la Oficina de Atención a la Ciudadanía de Madrid Distrito Centro. Si tienes más dudas sobre cómo realizar este trámite y necesitas ayuda con otros temas legales, puedes contactarnos sin ningún compromiso. Si te ha resultado útil este artículo puede que interese leer Permiso de residencia en España por arraigo social. […]

Informe de arraigo residencia en España | Europa Legal ©Publicada el5:35 pm - Ene 23, 2019

[…] de los permisos de residencia temporal por circunstancias especiales, entre ellos, te hablamos del permiso de residencia por arraigo social, una autorización que permite a los extranjeros vivir legalmente en territorio español. Uno de […]

Maria Fernanda Villegas CasadiegoPublicada el4:50 am - Ene 28, 2019

Buenas, gracias por la informacion, dos preguntas: la primera, mi esposo y yo somos Venezolanos, nuestro hijo tiene dos años, es nacido en España, tiene nacionalidad por residencia y vive con nosotros; podemos acogernos mi esposo y yo al arraigo familiar?.. La segunda pregunta es si los antecedentes de los ultimos cinco años residencia antes d la entrada en España deben estar vigentes?.. Muchas gracias, estoy atenta. Saludos

    Micheli RabeloPublicada el3:18 pm - Ene 28, 2019

    les invito a contactarnos por privado y vemos que podemos hacer por usted. 685486832, pueden llamar o mandar un whatsApp, les contactaremos en cuánto podamos. Si nunca pidieron arraigo podemos ver la forma de ayudarles y así resolvemos sus dudas

Deja una respuesta

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Nancy Chaparro Gonzalez
Nancy Chaparro Gonzalez
2022-04-13
Muy contenta 😊 muy buena atención recomentadicimo una empresa eficaz y rapidez
JR & RO
JR & RO
2022-04-12
Ja fiz varios trámites com eles e en todos tive bons resultados e satisfactorios , bom atendimente nota 10 , agora vamos a por la nacionalidad,👍👍👍
koko leal
koko leal
2022-04-09
EuropaLegal son un gran equipo de profesionales 👏👏👏 ya me han resuelto varios trámites y todos han sido favorable sin problema alguno, conocen el derecho Migratorio al 100 % vaya para ellas mi agradecimiento eterno. Gracias Micheli, Liliana y demás miembros de su equipo ❤️🤗
Elizabeth S. Rojas
Elizabeth S. Rojas
2022-03-31
Estoy muy satisfecha con el trabajo de Europa Legal!!! Una empresa seria y competente! Atención genial! Consegui la homologación de mi título en tiempo récord!!!
Jorge Lucas
Jorge Lucas
2022-03-17
Ótimo citio para hacer tú trámites y documentación, son muy amables y atenciosos!
Vane g
Vane g
2022-03-02
Excelente servicio!!
Lianet Agramonte
Lianet Agramonte
2022-02-25
Super complacida la verdad 👍 muy buenos 100% recomendado
Stephany Williams
Stephany Williams
2022-02-24
Excelente 👌 servicio .
Yolvert Oscar Soto Bolivar
Yolvert Oscar Soto Bolivar
2022-02-24
Excelente servicio. Un gran asesoramiento de parte del equipo de trabajo en cuanto al trámite a solicitar. Excelente atención y muy eficaz en cuanto al trámite realizado un trabajo impecable de verdad. Recomendados al 1000% mi proximo trámite sin duda será con Europa Legal. Gracias por la atención y el trabajo realizado.
gleicimar gomes da silva
gleicimar gomes da silva
2022-02-24
Mi experiencia con vosotros ha sido muy, muy gratificante y buena, son todos muy atentos muy profesional llevo un tiempo con vosotros como cliente y seguiré con vosotros por la rapidez y la seriedad gracias por todo estoy muy grata con vosotros.
Abrir chat
¿Te podemos ayudar?
¡Hola!
¿Te podemos ayudar?