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Tarjeta de residencia de familiar de ciudadano comunitario

PorMicheli Rabelo

Tarjeta de residencia de familiar de ciudadano comunitario

Solicitar la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano comunitario, es obligatorio en el caso de que el periodo de estancia en España sea superior a 3 meses. Aquí te contamos cuáles son los principales pasos que debes seguir para solicitarla en el caso de que no ostentes la nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea, de otro Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (Noruega, Islandia y Liechtenstein) o de Suiza, y desees visitar, acompañar o residir en España con un familiar comunitario, es decir, que sí posee la nacionalidad de uno de los Estados anteriormente mencionados.

Requisitos que debe cumplir el ciudadano comunitario

Debemos tener en cuenta que existen una serie de requisitos que también afectan al ciudadano comunitario, el cual debe cumplir al menos una de las siguientes condiciones para que su familiar pueda solicitar la tarjeta de residencia:

El ciudadano de la Unión debe ser trabajador por cuenta ajena o por cuenta propia en España.

Disponer de recursos suficientes para sí mismo y para su familia, así como de un seguro de enfermedad, durante su periodo de residencia.

En el caso de ser estudiante debe estar matriculado en un centro público o privado, así como contar con un seguro de enfermedad que proporcione cobertura completa en España durante su permanencia, y disponer de recursos económicos suficientes para sí mismo y su familia.

En definitiva, se considera que cualquier ciudadano de la Unión que acoja a un familiar que desee solicitar la tarjeta de residencia, debe aportar el soporte económico y material que ayude a cubrir las necesidades básicas.

¿Qué parentesco debe existir entre el familiar y el ciudadano comunitario?

Debemos diferenciar tipos de parentesco entre el familiar y el ciudadano de la Unión, en base a si el ciudadano comunitario es o no estudiante. Además es importante tener en cuenta que existen matices en la normativa que afectan al cumplimiento de los requisitos.

Atendiendo al contenido fundamental, exponemos que en el caso de que el ciudadano se encuentre estudiando, los posibles parentescos con el familiar son:

    • Cónyuge con acuerdo vigente.
    • Pareja con la que mantenga una unión análoga a la conyugal, inscrita en un registro público establecido en un Estado miembro de la Unión o en un Estado parte en el Espacio Económico Europeo.
    • Hijo del ciudadano de la Unión o de su cónyuge o pareja registrada.
    • Cualquier miembro de la familia que se encuentre a cargo del ciudadano de la Unión o viva con él en el país de procedencia.
    • Cualquier miembro de la familia que necesite los cuidados del ciudadano de la Unión ya sea por graves problemas de salud o discapacidad.
    • Pareja de hecho no inscrita con la que mantenga una relación estable y acreditable.
    • En el caso de que el ciudadano comunitario no sea estudiante, el posible parentesco incluye con ciertos matices los supuestos anteriores, añadiendo a los ascendientes directos del ciudadano comunitario, de su cónyuge o pareja registrada.

Plazos de solicitud y validez de la tarjeta de residencia de ciudadano comunitario

En el plazo de 3 meses desde la fecha de su entrada en España, el familiar del ciudadano comunitario deberá presentar personalmente la solicitud de la tarjeta de residencia en la Oficina de Extranjería de la provincia en la cual pretenda permanecer o fijar su residencia o, en su defecto, a la Comisaría de Policía correspondiente.

De forma inmediata se le hará entrega de un resguardo que justifica la presentación de la solicitud y que será suficiente para acreditar la legalidad de su estancia hasta la entrega de la tarjeta definitiva. Dicho resguardo no constituye una condición previa para ejercitar otros derechos o realizar trámites administrativos.

Las tasas correspondientes a estos trámites deben ser abonadas de forma previa a la expedición de la tarjeta, la cual se realizará en los 3 meses siguientes. La resolución favorable tiene efectos retroactivos, entendiéndose acreditada la situación de residencia desde el momento de su solicitud.

En cuanto al periodo de validez, la tarjeta de residencia será válida durante 5 años desde la fecha de expedición, o bien del periodo previsto de residencia del ciudadano de la Unión en el caso de que este fuese inferior a 5 años.

¿Qué documentación es necesario presentar para la solicitud?

Antes de pasar a enumerarlos, es importante tener en cuenta que los documentos de otros países deben estar traducidos al castellano o lengua cooficial del territorio donde se presente la solicitud. Los documentos públicos extranjeros deben ser además legalizados previamente, salvo excepciones, por la Oficina consular de España o por el Ministerio de Asuntos Exteriores. No se requiere por el contrario traducción ni legalización conforme a la normativa comunitaria que los ampara, en el caso de formularios estándares de la Unión Europea.

Para solicitar la tarjeta de residencia debenaportarse copias de los siguientes documentos requeridos, así como exhibir los originales:

    • Impreso de solicitud de la tarjeta de residencia, cumplimentado en el modelo oficial establecido al efecto (EX – 19). Ha de presentarse por duplicado y firmado por el familiar del ciudadano de la Unión.
    • Pasaporte válido y en vigor del solicitante de la tarjeta, es decir, del familiar del ciudadano comunitario. En caso de estar caducado debe aportarse no solo una copia del mismo, sino también la solicitud de renovación.
    • Certificado de registro del ciudadano comunitario al que el familiar va a acompañar o con el que va a reunirse.
    • Documentación que acredite, en caso de no ser pareja registrada, la estabilidad de la pareja y existencia de un vínculo duradero, o bien certificado de la descendencia en común.
    • Documentación que acredite la existencia de un vínculo familiar con el ciudadano de la Unión o del Espacio Económico Europeo.
    • Documentación que acredite su condición de familiar a cargo o dependiente cuando se trata del hijo del ciudadano de la Unión o de su cónyuge o pareja. En este caso la documentación presentada depende de ciertos condicionantes: familiar mayor de 21 años, menor de edad o ascendiente. Si el familiar solicitante no es hijo del ciudadano comunitario o su pareja, se precisa presentar documentación que acredite el tipo de parentesco, dependencia, motivos de salud, discapacidad o justificación de convivencia en el país de origen.
    • D.N.I. o certificado de registro del ciudadano de la Unión.
    • La condición (trabajador por cuenta propia, por cuenta ajena, ausencia de actividad laboral o estudiante) del ciudadano de la Unión o del Espacio Económico Europeo, determina la documentación que debe presentar el familiar en el momento de la solicitud.

En el caso de ser trabajador por cuenta ajena, se requiere la declaración de contratación del empleador o certificado de empleo; contrato de trabajo registrado o comunicación de contratación; documentación o permiso de comprobación de los datos registrados en los ficheros de la Tesorería de la Seguridad Social.

Si es trabajador por cuenta propia debe facilitarse la inscripción en el censo de actividades económicas; justificación de su establecimiento; documento de alta o permiso de comprobación de los datos en la Seguridad Social o Agencia Tributaria.

Cuando carezca de actividad laboral en España, debe aportar un seguro de enfermedad que proporcione cobertura en España durante el periodo de residencia; documento que acredite la existencia de recursos suficientes para el ciudadano y sus familiares.

En el caso de que el ciudadano sea estudiante, ha de presentar la matrícula del centro en el que cursa los estudios; seguro de enfermedad o tarjeta sanitaria europea; declaración de recursos suficientes para sí mismo y sus familiares. En este supuesto se considera suficiente como requisito la participación, debidamente acreditada, en un programa que favorezca el intercambio educativo para estudiantes y profesores de la Unión Europea.

  • -Tres fotografías recientes tamaño carné en color y fondo blanco.

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Sobre el autor

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Especialista en inmigración, por el centro de estudios y investigaciones jurídicas CEIJ Madrid, y Movilidad, extranjería y Nacionalidad Española por el CEF centro de estudios financieros, Madrid.

1 comment so far

YaizaPublicada el3:51 pm - Jun 15, 2018

Buenas,quisiera hacerte una pregunta. Si el caso de poseer esta tarjeta y el poseedor estuviera un tiempo viviendo fuera de España, seguira teniendo validez esta tarjeta? Gracias

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