Todo sobre la autorización de residencia temporal por reagrupación familiar
La autorización de residencia temporal por reagrupación familiar es un permiso que está dirigido a los familiares de extranjeros que son residentes legales en España y que desean reunirse con ellos. Está básicamente dirigido a extranjeros que no pertenecen a la Comunidad Europea y que tienen residencia legal en España y desean reunirse con sus familiares para mejorar su calidad de vida.
En este artículo queremos explicarte en detalle sobre esta autorización porque es una de las consultas más recurrentes de nuestros clientes y son muchas las dudas sobre los requisitos y quiénes pueden solicitarla.
En EuropaLegal somos asesores y abogados expertos en temas de extranjería y si estás buscando asesoría para realizar algún trámite o regularizar tu situación legal en España, podemos ayudarte. Si estás pensando traer a tus familiares cercanos te contamos que la autorización de residencia temporal por reagrupación familiar es un buen recurso para que tu familia pueda venir a reunirse contigo a España, pero debes saber que se te exigirán ciertos requisitos para poder hacerlo.
A continuación te detallamos los requisitos para solicitar la autorización de residencia temporal por reagrupación familiar:
Ser extranjero extracomunitario, es decir no ser ciudadano de un Estado miembro de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países a los que les sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión.
Haber residido legalmente en España por al menos un año y tener un permiso o autorización de residencia de por lo menos un año más a la hora de realizar la solicitud.
No tener antecedentes penales en España ni en los países anteriores donde haya residido.
No tener prohibida la entrada a España y no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
Se deberá tener asistencia sanitaria por la Seguridad o Social o por seguro privado.
No tener una enfermedad que pueda tener repercusiones en la salud pública.
No encontrarse, en su caso, dentro del plazo de compromiso de no retorno a España que el extranjero haya asumido al acogerse a un programa de retorno voluntario.
Tener medios económicos suficientes para atender las necesidades de los familiares que se quiera agrupar. Se podrán computar los ingresos aportados por el cónyuge o pareja u otro familiar en línea directa y primer grado, residente en España que conviva con el reagrupante.
Haber abonado la tasa por tramitación del procedimiento.
Básicamente son estos los requisitos que se te exigirán como reagrupante, pero debes saber que no podrás reagrupar a cualquier familiar, también existen requisitos para poder ser, en este caso, reagrupado y son los que te mencionamos a continuación:
El familiar reagrupado puede ser: Cónyuge (marido o esposa del reagrupante) o persona con la que el reagrupante tenga una relación afectiva que sea análoga a la conyugal y pueda probarse.
Hijos del reagrupante o del cónyuge, incluidos los hijos adoptados, siempre que sean menores de edad o mayores que tengan una discapacidad.
Representados legalmente por el reagrupante, menores de dieciocho años o que tengan una discapacidad y no sean objetivamente capaces de proveer a sus propias necesidades debido a su estado de salud.
Los progenitores del reagrupante o de su cónyuge siempre y cuando sean mayores de 65 años.
Como caso excepcional, si existen razones de carácter humanitario, podrá reagruparse al ascendiente menor de sesenta y cinco años. Se consideran razones humanitarias, entre otros casos, cuando el ascendiente conviviera con el reagrupante en el país de origen, o cuando sea incapaz y esté tutelado por el reagrupante o su cónyuge o pareja, o cuando no sea capaz de proveer a sus propias necesidades. También concurren razones humanitarias si se presentan conjuntamente las solicitudes de los ascendientes cónyuges y uno de ellos es mayor de sesenta y cinco años.
Esperamos que esta pequeña guía te haya sido de utilidad, recuerda que si necesitas asesoría legal, ya sea relacionada con la autorización de residencia temporal por reagrupación familiar o con cualquier otro tema legal, puedes contactarnos rellenando el formulario más abajo o llamándonos. Contamos con muchos años de experiencia ayudando a extranjeros y sus familiares a regularizar su situación en España.
En Europa Legal somos asesores y abogados expertos en temas de extranjería y Nacionalidad Española. Puedes rellenar el formulario que encontrarás más abajo o visitar nuestra página de contacto.
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Sobre el autor
Micheli Rabelo administrator
Especialista en inmigración, por el centro de estudios y investigaciones jurídicas CEIJ Madrid, y Movilidad, extranjería y Nacionalidad Española por el CEF centro de estudios financieros, Madrid.
La reagrupación es para los ciudadanos que tienen NIE, no DNI. Para su hermano si depende de usted económicamente con carácter retroactivo, con carácter de futuro y es demostrable puede solicitarse una tarjeta de Familiar de Comunitario
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